El TSJC llevará al Constitucional las normas que protegen la enseñanza en catalán

Pere Aragonès. Twitter @perearagones
Pere Aragonès. Twitter @perearagones

La Justicia catalana ha encontrado posibles infracciones a la carta magna en la ley del Govern que impide la ejecución de la sentencia del 25 % de castellano en las aulas.

El TSJC llevará al Constitucional las normas que protegen la enseñanza en catalán

El Tribunal Superior de Justicia de Cataluña (TSJC) considera que puede haber un posible incumplimiento de la Constitución en las nuevas normativas que la Generalitat sacó adelante para sortear la obligación de hacer cumplir la sentencia del 25 % castellano, que lo relega al puesto de “lengua curricular” y que establece el catalán como “lengua vehicular” en las instituciones educativas.

En una providencia conocida este lunes, los magistrados de la sala de lo Contencioso Administrativo han dado un plazo de 10 días a las partes personadas en la causa, para que se pronuncien a favor o en contra de consultar al Tribunal Constitucional la legalidad del decreto ley y la nueva ley impulsadas por los soberanistas, donde también tuvo cabida el apoyo del PSC.

La providencia apunta en concreto al Decreto Ley 6/22 y la Ley 8/22. Ambas normativas son señaladas de impedir el cumplimiento del 25 % del castellano impartido en las escuelas debido a que no establecen porcentajes entre las lenguas cooficiales, sino que dejan en manos de los colegios el diseño de su proyecto lingüístico, con base en la situación sociolingüística particular de su entorno.

“Ambas normas legales definen un modelo lingüístico en el ámbito escolar que resulta incompatible con los parámetros tomados en consideración en la sentencia (del 25%) dictada en estas actuaciones", explican los magistrados. “Una sentencia que responde al modelo de conjunción lingüística, mientras que las normas promulgadas definen un modelo basado en una correlación entre ambas lenguas oficiales incompatible con el modelo considerado al resolver el recurso”.

El TSJC teme posibles "vicios de inconstitucionalidad"

Según advierte el TSJC, estas normas “suscitan serias dudas sobre su validez por vicios de inconstitucionalidad”. Los magistrados no detallan qué puntos de esas normativas estarían infraccionando la carta magna, pero supone una contradicción con lo expresado por el Consejo de Garantías Estatutarias, que, si bien reconoció la validez de la determinación porcentual de la lengua, dejó claro que es competencia de los legisladores, por su “naturaleza esencialmente política”, la exploración de otras alternativas.

“Constatada la incompatibilidad de la sentencia en trámite de ejecución con el nuevo marco jurídico definido por las normas legales promulgadas, y habida cuenta que la sentencia toma pie en la jurisprudencia constitucional, la primera cuestión que se plantea es el ajuste del nuevo marco legal a la Constitución en los términos en los que ésta ha sido interpretada”, concluye el TSJC

“Estamos ante una situación que impide de forma sobrevenida la ejecución de la sentencia como consecuencia de la promulgación de unas normas legales que suscitan dudas de inconstitucionalidad”, sostiene la sala.

Los magistrados recuerdan que la sentencia del 25 % de castellano “responde al modelo de conjunción lingüística, mientras que las normas promulgadas definen un modelo basado en una correlación entre ambas lenguas oficiales incompatibles con el modelo considerado al resolver el recurso”. Es un aspecto que los jueces consideran como crucial para determinar la inviabilidad de la ejecución de la sentencia, con base en el “marco jurídico” actual.

Impide la ejecución de la sentencia del 25 % de castellano

Para los magistrados no hay garantía de que se imparta al menos el 25 % de las clases en castellano, debido a que las nuevas normativas no contemplan la distribución lingüística en porcentajes, y a que el castellano ya no es la lengua vehicular, sino el catalán, por lo que la sala ha pedido a la Fiscalía, el Govern, la Abogacía del Estado, la Asamblea por una Escuela Bilingüe (AEB) y Hablemos español que se pronuncien acerca de si las leyes vulneran el artículo 3 de la Constitución y el 35.1 del Estatut, en cuanto al “carácter oficial del castellano”.

La sentencia del 25 % del castellano se remonta a 2020, pero todavía no ha podido aplicarse. En aquel entonces, los magistrados reconocieron que el uso del castellano como lengua vehicular en Cataluña “es residual”, o al menos parece ser así en la mayoría de los centros educativos, “de forma que se constata una infracción del marco jurídico vigente”.

En noviembre del año pasado, el propio Tribunal Supremo ratificó el fallo del TSJC, rechazando los argumentos de la Generalitat. El Govern ha sacado adelante varias maniobras para sortear la ejecución de la sentencia, lográndolo este año, con el apoyo de los partidos soberanistas y el PSC, excepto con el decreto ley que elimina los porcentajes y se ganó un varapalo de los socialistas, pero la otra nueva ley ya había sido aprobada con el apoyo socialista.

Si llega a pasar a manos del Tribunal Constitucional, la sentencia quedaría suspendida hasta que se resuelva el contencioso. El presidente catalán, Pere Aragonès, junto con ERC y Junts, han asegurado que con base en los dilatados que suelen ser todos los procesos judiciales, los partidos catalanes entienden que el próximo curso no será afectado por la sentencia, algo que ha considerado como una “victoria parcial”. @mundiario

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