La justicia europea dictamina que Bélgica debe entregar a los líderes del procés

El Tribunal de Justicia de la Unión Europea (TJUE) empieza a poner orden en cuanto a la disputa que genera fricción entre Bélgica y España, concretamente sobre la entrega de los líderes catalanes del procés que huyeron para evitar a la justicia española. La justicia europea limita las posibilidades de Bélgica para que siga negado la entrega del expresidente catalán Carles Puigdemont y el resto de exdirigentes que formaron parte de la Generalitat catalana que huyeron a Bruselas en 2017.
Sobre todos estos personajes de la política española, el Tribunal Supremo había emitido órdenes de detención europeas para ser juzgados por su papel en el referéndum y posterior declaración ilegal de independencia de Cataluña. Bélgica se había negado a extraditarlos, pero ahora el TJUE emite una sentencia y determina que un país miembro de la Unión Europea (UE), en este caso Bélgica, no puede negarse a cumplir con una euroorden dictada por otro país miembro del mismo grupo, en este caso España. Sin embargo, la justicia europea detalla que pueden haber dos excepciones, las cuales serían: que ese Estado existen “deficiencias sistémicas o generalizadas en el funcionamiento del sistema judicial”; y que se crea que existan “razones serias y fundadas” de que la persona reclamada corra el riesgo de que “se vulnere su derecho fundamental a un proceso equitativo”.
La sentencia del TJUE es una buen noticia para España, que siempre ha sostenido que su socio europeo no podía negarse a la entrega de los líderes huidos, aunque hay que aclarar que esto no significa que la situación ya esté en buenos términos o que Bélgica vaya a entregar de forma inmediata a Puigdemont y compañía. Durante cinco años, la justicia belga se ha negado a entregar a los líderes afirmando que la justicia española no es la competente para juzgar su caso. La sentencia del tribunal europeo dictamina que, “en principio”, “una autoridad judicial de ejecución no dispone de la facultad de negarse a ejecutar una orden de detención europea (ODE) basándose en un motivo de no ejecución que se derive exclusivamente del Derecho del Estado miembro de ejecución”. En este caso, lo que si podría hacer Bélgica es “aplicar una disposición nacional que prevea que se denegará la ejecución de una ODE cuando esa ejecución daría lugar a la vulneración de un derecho fundamental”.
Pero los magistrados de Luxemburgo son claros al advertir que la justicia belga debe fundamentar bien su decisión, demostrando por un lado que hay “deficiencias sistémicas o generalizadas” en el sistema de justicia de España; y por otro lado, deben demostrar “de modo concreto y preciso si existen razones serias y fundadas” que la o las personas reclamadas “correrán tal riesgo en caso de ser entregadas”.
Esta ha sido la respuesta del tribunal europeo con sede en Luxemburgo a las cuestiones prejudiciales presentadas por el juez del Tribunal Supremo Pablo Llarena en el año 2021, luego de que Bélgica rechazara entregar a España al exconseller Lluis Puig, que enfrenta cargos por malversación y desobediencia. Entonces, la justicia belga argumentó que el Supremo no era el adecuado para solicitar la extradición, algo que a su juicio debían hacer los tribunales catalanes.
Sobre la cuestión de que el juez Llarena pueda cursar una nueva euroorden contra los líderes independentistas, el TJUE aclara: “Pueden emitirse varias ODE sucesivas contra una persona buscada con el fin de obtener su entrega por un Estado miembro después de que dicho Estado se haya negado a ejecutar una primera ODE dirigida contra esa persona”. Pero antes de emitir cualquier euroorden, el magistrado debe esperar a que la justicia europea se pronuncie sobre el resurso de los líderes catalanes contra la decisión del Parlamento Europeo de retirarles la inmunidad. Por ahora, la extradición se mantendrá probablemente congelada hasta que el ente llegue a un dictamen. @mundiario