El Constitucional rechaza repetir el juicio a Otegi por reconstruir Batasuna

El pleno ha decidido amparar al líder de EH Bildu en su apelación contra la decisión de volverle a sentar en el banquillo, que vulneraría su derecho a no ser juzgado por los mismos hechos dos veces.
Arnaldo Otegui y Mertxe Azpurua tras las elecciones generales del 23J. / EH Bildu
Arnaldo Otegui y Mertxe Azpurua tras las elecciones generales del 23J. / EH Bildu

El Tribunal Constitucional (TC) ha decidido amparar al líder de EH Bildu, Arnaldo Otegi, y rechazar la repetición del juicio por el caso Bateragune. La corte de garantías considera que repetir el juicio infringiría el derecho a la tutela judicial efectiva y el principio de non bis in idem, que prohíbe juzgar dos veces a una persona por los mismos hechos.

Esta decisión, respaldada por la mayoría progresista del tribunal siete contra cuatro magistrados en la ponencia presentada por el juez Juan Carlos Campo, abre la puerta a la posibilidad de que Otegi pueda reclamar una indemnización al Estado por la presunta vulneración de sus derechos fundamentales.

La sentencia del Tribunal Supremo, que ordenaba repetir el juicio tras la anulación de las condenas contra Otegi y los demás acusados por un delito de pertenencia a organización terrorista, que dictaminó la Audiencia Nacional en 2012, y ordenar celebrar un nuevo juicio, después de que se siguiera el criterio del Tribunal Europeo de Derechos Humanos (TEDH), que determinó que la AN violó el artículo 6.1 del Convenio Europeo, , ya que entendía el “temor legítimo” de los acusados a una falta de imparcialidad del tribunal.

La sentencia que ha sido revocada por el TC, se trata de la segunda vez en la semana que la corte de garantías anula una sentencia del alto tribunal, después de que ayer hiciera lo propio con la condena a prisión que propició la pérdida del escaño de Alberto Rodríguez, exdiputado de Podemos, después de patear a un agente de policía. El Supremo había adoptado esta decisión sobre el caso de Otegui en 2020, siguiendo el criterio del TEDH, que determinó que la Audiencia Nacional vulneró el derecho del líder de la izquierda abertzale a un juicio imparcial.

El TEDH argumentó que la magistrada Ángela Murillo, quien participó en el tribunal de la Audiencia Nacional, no cumplía con las garantías de imparcialidad, ya que previamente había sido apartada en otro caso por una supuesta falta de imparcialidad, donde se juzgaba el enaltecimiento al terrorismo en el que también estaba Otegui. Esta situación llevó al TEDH a concluir que el juicio no cumplió con todas las garantías necesarias.

Otegi, tras la decisión del Supremo, recurrió al Constitucional solicitando amparo, y la Fiscalía del TC se mostró a favor de otorgar dicho amparo, argumentando que los recurrentes no habían solicitado la repetición del juicio al solicitar una reparación de sus derechos basada en la sentencia del TEDH.

Con esta resolución, el TC respalda la posición de Otegi y pone fin a la posibilidad de un nuevo juicio en el caso Bateragune. @mundiario

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