El PP ataca al tribunal que llamó a Mariano Rajoy a declarar en el juicio del caso Gürtel

Mariano Rajoy y Luis Bárcenas. / Vanity Fair
Mariano Rajoy y Luis Bárcenas. / Vanity Fair

El tribunal presidido por Ángel Hurtado rechazó la posición de la fiscalía, que veía "inútil" la comparecencia del presidente del Partido Popular. Vuelven, pues, al primer plano Los Papeles de Bárcenas en los que Rajoy aparecía como perceptor de sobresueldos.

El PP ataca al tribunal que llamó a Mariano Rajoy a declarar en el juicio del caso Gürtel

El presidente del PP, Mariano Rajoy, declarará como testigo en el juicio del caso Gürtel. El tribunal presidido por Ángel Hurtado rechazó, por mayoría de 2 a 1, la posición de la fiscalía, que veía "inútil" la comparecencia del también presidente del Gobierno. Así, pues, Rajoy será citado en una fecha por determinar pese a que la Fiscalía Anticorrupción y la Abogacía del Estado se habían opuesto a que declare como testigo en el juicio que se celebra desde el 4 de octubre pasado en la Audiencia Nacional.

El PP reaccionó con ataques al tribunal del caso Gürtel por citar a declarar a Rajoy. Los populares sostienen que el testimonio supone un "abuso de derecho". Mientras, PSOE y Podemos piden que el presidente se explique también en el Congreso.

El papel de ADADE

La Ley de Enjuiciamiento Criminal, en su artículo 412, establece que, al menos en fase de instrucción, el presidente del Gobierno, entre otros altos cargos de la nación, está obligado a declarar como testigo cuando lo soliciten los jueces. La ley da la posibilidad de que declare por escrito cuando el testimonio se refiere a hechos conocidos por razón de su cargo de jefe del Ejecutivo. Cuando la declaración, como sucede en este caso, versa sobre hechos que no tienen que ver con su función como presidente, la norma da la opción de que pueda declarar en su domicilio o despacho oficial. Según el diario El País, será el tribunal, que se ha dividido a la hora de decidir si era pertinente citar a Rajoy, el que deberá arbitrar la fórmula bajo la que comparezca Rajoy.

La solicitud de comparecencia fue formulada por la acusación popular de la Asociación de Abogados Demócratas por Europa (ADADE). Por su parte, el abogado del Estado, Edmundo Bal, se había adherido a la oposición expresada por la fiscalía. El PP, que está personado en la causa como partícipe a título lucrativo, también se había opuesto a la petición de que declare el jefe del Ejecutivo.

El actual líder del PP era vicepresidente del Gobierno en el que, según Correa, se amañaron los contratos para cobrar comisiones de entre el 2% y el 3%

La confesión del imputado Francisco Correa señaló al Rajoy vicepresidente del Gobierno y secretario general del PP. El actual líder del PP era vicepresidente del Gobierno en el que, según Correa, se amañaron los contratos para cobrar comisiones de entre el 2% y el 3%. Además, Rajoy aparece en Los Papeles de Bárcenas como perceptor de sobresueldos en el año 2000 que salían de esa caja B que se nutría de las supuestas mordidas de las constructoras. Fue también el jefe de la campaña del año 2000 cuyos mítines, viajes y convenciones organizaba Correa.

Ciudadanos pedirá la dimisión de Rajoy si le imputan tras declarar como testigo. "No nos extraña" esa citación, ha explicado la portavoz nacional de Ciudadanos, Inés Arrimadas.

Por su parte, el PP resucitó la conspiración socialista para justificar la citación a declarar de Mariano Rajoy. El partido conservador critica la  decisión judicial porque "contradice claramente su propia doctrina" y declara "excepcional" la admisión de una prueba testifical solicitada por la acusación popular.

El Partido Popular asegura que los miembros de la acusación popular de la Asociación de Abogados Demócratas por Europa (ADADE) "son muy conocidas por su cercanía al Partido Socialista".

La regulación de las comparecencias como testigo de los altos cargos
El artículo 412 de la Ley de Enjuiciamiento Criminal regula las comparecencias como testigo de los altos cargos de la nación, en fase de instrucción, no de enjuiciamiento. Dice lo siguiente:
1. Estarán exentas también de concurrir al llamamiento del Juez, pero no de declarar, pudiendo hacerlo por escrito, las demás personas de la Familia Real.
2. Están exentos de concurrir al llamamiento del Juez, pero no de declarar, pudiendo informar por escrito sobre los hechos de que tengan conocimiento por razón de su cargo:
1.º El Presidente y los demás miembros del Gobierno.
2.º Los Presidentes del Congreso de los Diputados y del Senado.
3.º El Presidente del Tribunal Constitucional.
4.º El Presidente del Consejo General del Poder Judicial.
5.º El Fiscal General del Estado.
6.º Los Presidentes de las Comunidades Autónomas.
3. Si fuera conveniente recibir declaración a alguna de las personas a las que se refiere el apartado 2 anterior sobre cuestiones de las que no haya tenido conocimiento por razón de su cargo, se tomará la misma en su domicilio o despacho oficial.
4. Quienes hubiesen desempeñado los cargos a que se refiere el apartado 2 del presente artículo estarán igualmente exentos de concurrir al llamamiento del Juez, pero no de declarar, pudiendo informar por escrito sobre los hechos de que hubieren tenido conocimiento por razón de su cargo.

 

Comentarios