La jueza rechaza que Mazón acceda a toda la causa de la dana
El expresidente de la Generalitat Valenciana, Carlos Mazón, se enfrenta a un nuevo obstáculo judicial en la investigación sobre la gestión de la dana de octubre de 2024. La jueza de Catarroja, Nuria Ruiz Tobarra, ha rechazado de forma categórica que Mazón pueda personarse y acceder a toda la documentación del caso, alegando que su papel actual es el de testigo y no de investigado. La decisión subraya los límites legales y procesales que separan la curiosidad o la defensa de un político de las responsabilidades penales en España.
La instrucción, que mantiene a Mazón en calidad de testigo tras la negativa del Tribunal Superior de Justicia (TSJ) valenciano a investigarlo, se ha convertido en un pulso entre las aspiraciones del exjefe del Consell y la estricta aplicación del derecho procesal. Ruiz Tobarra recuerda que la solicitud presentada por el letrado Ignacio Gally, en representación de Mazón, no encuentra cabida en la legislación española vigente y califica la maniobra de tertium genus que no existe en el derecho procesal penal español”.
El trasfondo político añade tensión a la causa: Mazón, que conserva su acta de diputado autonómico, había buscado acogerse a los artículos 118 y 118 bis de la Ley de Enjuiciamiento Criminal, que regulan los derechos del investigado, con la intención de acceder a las diligencias en curso. Sin embargo, la jueza subraya que estos artículos remiten inequívocamente a la condición de investigado, y Mazón, de momento, solo ha sido citado como testigo.
Límites legales y diferencias internacionales
Según el diario EL PAÍS, en su auto, Ruiz Tobarra menciona expresamente que, aunque en Francia existe la figura del “testigo asistido”, en España no hay un equivalente que permita a un testigo asumir funciones de investigado sin cumplir con los requisitos legales correspondientes. La única vía para personarse como investigado sería que Mazón reconociera su implicación en la causación de los presuntos homicidios y lesiones imprudentes, algo que no ha sucedido.
La magistrada también rechaza que la mera práctica de diligencias sobre el expresidente justifique su personación, enfatizando que el TSJ ya excluyó su responsabilidad en la vertiente omisiva y no halló indicios de participación activa en los hechos. “Ninguna de estas opciones se alega en el escrito del Sr. Mazón”, concluye Ruiz Tobarra, subrayando la falta de sustento procesal en la petición.
Un pulso político y mediático
El rechazo de la jueza se produce en un contexto de gran exposición mediática. Mazón había declarado a los periodistas que quería saber si seguía siendo objeto de investigación, defendiendo su derecho a la información sobre la causa. Tras conocer el auto, insistió en que analizarán la decisión antes de tomar cualquier acción, evitando pronunciarse sobre la estrategia judicial. Este gesto refleja un equilibrio delicado entre transparencia, estrategia política y defensa personal, en un caso que sigue acumulando interés público.
La decisión refuerza la independencia de la investigación y aclara los límites de actuación de los aforados que, aunque mantienen responsabilidades políticas, no pueden interferir en la instrucción más allá de lo que permite la ley. Para expertos judiciales consultados, el auto marca un precedente importante sobre cómo se gestionan las solicitudes de personación de figuras políticas en causas de alto perfil, evitando interpretaciones forzadas de la legislación.
El camino para Mazón parece limitado: su declaración como testigo se mantiene pendiente y cualquier intento de personarse como investigado deberá esperar, salvo que se produzca un cambio sustancial en los hechos o en la acusación. Mientras tanto, el caso de la dana continúa avanzando, con la instrucción acumulando pruebas y testigos, y con la presión social y política aumentando conforme se acerca el invierno judicial. @mundiario

