¿Qué implicaciones tiene el cambio de domicilio social de una empresa?

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Fachada del banco Caixabank. / www.caixabank.com
¿Qué implicaciones tiene el cambio de domicilio social de una empresa?

La incertidumbre política y económica que ha reinado en Cataluña tras el referéndum convocado por el Govern de la Generalitat, amparado en una ley que fue suspendida por el Tribunal Constitucional, ha dado pie a que las grandes empresas de distintas industrias den un paso al frente y decidan trasladar su domicilio social. El Banco Sabadell se marcha a Alicante, CaixaBank a Valencia, Gas Natural Fenosa a Madrid, y probablemente la lista siga sumando nombres reconocidos en las próximas semanas. Pero, ¿qué implicaciones tiene que una firma modifique su sede social? Veamos cuatro claves importantes:

1 ¿Qué es el domicilio social?

No es más que la dirección concreta o la sede física donde se administra una sociedad mercantil. Según la Ley de Sociedades de Capital, que cita en su artículo 9 las especificaciones de domicilio de las empresas, “las sociedades de capital fijarán su domicilio dentro del territorio español en el lugar en que se halle el centro de su efectiva administración y dirección, o en el que radique su principal establecimiento o explotación”. Además, la legislación detalla que aquellas sociedades cuyo principal establecimiento o explotación radique dentro del territorio español deberán tener su domicilio en España.

En ese sentido, el cambio de domicilio social no implica obligatoriamente el traslado de los centros operativos o de producción de las empresas, lo cual representaría pocos problemas internos, pues si los centros no se mueven, no debería existir una modificación en el grueso de la plantilla de la compañía o bien en su relación con los clientes.

Algunos ejemplos claro de ello son el Banco Santander y el BBVA. El primero tiene su sede social en la ciudad de Santander, mientras sus servicios centrales operan en Madrid. El segundo, tiene su cuartel general en la capital española, pese a que su domicilio social está en Bilbao. Y como ellos, otra larga lista de empresas trabaja bajo la misma modalidad.

2. ¿Por qué es tan relevante el domicilio social?

La principal relevancia de la sede social de las empresas radica en que la entidad opera bajo el régimen jurídico que se aplica en la localidad en la que esté domiciliada. En este caso, todas las compañías que se encuentren en el territorio español se rigen por la legalidad española, pero no es lo mismo para una firma estar radicada en Madrid, Barcelona o País Vasco.

Un punto importante a tener en cuenta es que un cambio de domicilio social no significa necesariamente un cambio de domicilio fiscal. Aunque la Ley General Tributaria, establece que para las personas jurídicas el domicilio fiscal, que se traduce  como el lugar de localización del obligado tributario en sus relaciones con la Administración tributaria, según el artículo 48 de la legislación, es su sede social; existe una salvedad: “…siempre que en él esté efectivamente centralizada su gestión administrativa y la dirección de sus negocios. En otro caso, se atenderá al lugar en el que se lleve a cabo dicha gestión o dirección". Lo que significa que a pesar del cambio de sede social, probablemente las empresas tengan que seguir cancelando los impuestos a Cataluña.
 

3. ¿Cómo afecta el cambio a los clientes?

De ninguna forma. El cambio de domicilio social de una empresa no tiene ninguna consecuencia real para los clientes de la firma. ¿Por qué? Sencillamente porque el traslado de la dirección no significa una nueva localización para oficinas, cajeros o fábricas. En esa línea, pese a que la compañía cambie su sede social, los clientes de la misma podrán seguir operando exactamente igual que antes del cambio.
 

4. ¿Acto simbólico o estrategia económica?

Es una combinación de ambas cosas. Lógicamente frente a la incertidumbre del conflicto catalán, las grandes empresas buscan mantener la confianza de sus clientes, dejándoles claro que, pase lo que pase, velaran por la seguridad de su dinero y/o bienes, al tiempo que buscan minimizar posibles fugas de capitales.

Por otra parte, el cambio de sede social de las empresas también responde a una estrategia económica. En ese sentido, el caso de los bancos es el más complejo, pues ante la posible independencia de Cataluña, la Unión Europea ha dejado claro que no aceptará al estado independiente como miembro de pleno derecho, lo que significa, entre otras cosas, que no se permitirá la adopción del euro como moneda única. Con dicha medida los bancos no podrían acceder a las operaciones del Banco Central Europeo, lo que seguramente se traduciría en pánico bancario y caídas extremas de valores.

Finalmente, una eventual declaración de independencia podría acarrear un nuevo ordenamiento jurídico en la región, con nuevas leyes y cambios de tributación, por lo que para las empresas es vital mantenerse bajo amparo del ordenamiento español y garantizar sus intereses frente a posibles modificaciones legales.

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