Titulaciones de Recreo

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Cuerdas.

En España, dentro de la náutica de recreo existen distintas titulaciones, cada una con sus competencias correspondientes., en función de lo que se desee estudiar o disfrutar.

En España, dentro de la náutica de recreo existen distintas titulaciones, cada una con sus competencias correspondientes., en función de lo que se desee estudiar o disfrutar.

De menor a mayor, serían: la Licencia de Navegación, antes llamada Licencia Federativa o “Titulín”, el PNB o Patrón de Navegación Básica. PER o Patrón de embarcaciones de Recreo, PER Ampliado, Patrón de Yate y finalmente Capitán de Yate.

El primero, la Licencia de Navegación, es un curso de 6 horas, 2 de teoría y 4 de práctica de navegación, que no requiere examen. Sirve para llevar embarcaciones de hasta 6 metros de eslora, con el motor que el fabricante homologue para el casco a utilizar, no se puede navegar de noche, y las motos acuáticas que pueden utilizarse son las limitadas.  Se les permite alejarse 2 millas de su puerto o lugar de abrigo. A diferencia con el antiguo Titulín, no hay que renovarlas cada 10 años.

 El PNB o Patrón de Embarcaciones de Recreo pueden navegar de noche, embarcaciones hasta 8 metros de eslora, todo tipo de motos acuáticas y pueden navegar hasta 5 millas de su puerto o lugar de abrigo.

Su obtención se logra después de realizar un examen oficial y una práctica de navegación de 8 horas de duración.

El PER o Patrón de Embarcaciones de recreo, amplía el PNB, embarcaciones hasta 15 metros de eslora y pueden navegar a  12 millas de la costa.

Su obtención se logra después de realizar un examen oficial de 45 preguntas, 4 de ellas sobre cartas náuticas  y una práctica de navegación de 16 horas de duración.

El PER Ampliado, consiste simplemente una navegación práctica de 24 horas, una vez superado el examen oficial de PER y permite navegar con embarcaciones de hasta 24 metros de eslora y permite la navegación intra-insular con Baleares, desde la Península.

En muchas ocasiones, el usuario se pregunta qué hacer o qué tipo de atribuciones adquirir, y la respuesta es clara, depende de lo que se quiera realizar o la embarcación a navegar, ya que los dos tipos de examen prácticamente tienen la misma dificultad, requieren estudio por parte del alumno y la duración de  los cursos es la misma. Si bien es cierto que el PER tiene las cartas y mayor número de temas a estudiar, realmente son temas sencillos y amenos, que no requieren un esfuerzo mayor, siendo las cartas náuticas lo que requiere una atención especial, no por su complejidad, sino por la lógica a emplear; ya que hay multitud de diferentes circunstancias que se pueden dar a lo largo de una navegación, y esto hay que tenerlo en cuenta tanto para hacer el examen, como posteriormente para llevarlo a la práctica.

Hay que decir que estas titulaciones son independientes, es decir, se pueden obtener directamente, sin tener que tener haber obtenido la anterior. Para las sucesivas  - Patrón y Capitán de yate, es necesario tener el PER aprobado para poder optar para el título superior.

Lo más común es optar bien por el PNB o bien por el PER, ya que engloban a la mayoría de cascos más comerciales que podemos ver en cualquier puerto deportivo. Habiendo dos o tres convocatorias anuales de examen para la obtención de estas atribuciones.

Estas titulaciones son de recreo o deportivas, no profesionales, aunque se pueden realizar trabajos con ellas, no son una salida profesional como tal y han surgido nuevas titulaciones profesionales para cubrir estas necesidades de los puertos y usuarios. Así como cursos reglados en Institutos especializados, para ramas específicas de la marina. Todas ellas – las deportivas y algunas como Formación Básica, Patrón Portuario --  se imparten en la Federación Andaluza de Motonáutica y pueden consultarse en su web.

Por encima de estas titulaciones se encuentran: el Patrón de Yate, que pueden navegar embarcaciones de hasta 24 metros de eslora, se pueden alejar de la costa 150 millas y por todo el Mediterráneo. Y por encima el Capitán de Yate que ya no tiene limitaciones.  Y existe otra para el manejo de motos acuáticas que se denomina Mota “A” que habilita para el manejo de todo tipo de motos acuáticas, no puede navegar de noche y está entre la Licencia de Navegación y el PNB. @mundiario

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