Una trabajadora con síndrome de espalda fallida consigue que la justicia le reconozca la incapacidad absoluta

Una auxiliar de cocina logra que la justicia le reconozca la incapacidad absoluta por síndrome de espalda fallida.
Ilustración de una mujer con dolor en la espalda. / Mundiario.
Ilustración de una mujer con dolor en la espalda. / Mundiario.

Una auxiliar de cocina de 52 años ha logrado lo que, para muchos trabajadores en situaciones similares, se convierte en una batalla cuesta arriba: que un juzgado le reconozca la incapacidad permanente absoluta por padecer síndrome de espalda fallida. Una enfermedad compleja, invisible a ojos ajenos, pero que afecta de forma implacable a quien la sufre.

La trabajadora había sido sometida a una operación de artrodesis lumbar (L3-L5) en 2022. Lejos de mejorar, la intervención provocó un empeoramiento significativo, con dolor crónico, radiculopatía lumbar y una dependencia casi mensual de tratamientos en la Unidad del Dolor. Aun así, el Instituto Nacional de la Seguridad Social (INSS) solo le reconoció una incapacidad permanente total, alegando que podía dedicarse a trabajos menos exigentes.

Sin embargo, su equipo legal no se dio por vencido. Argumentaron que no era posible, en condiciones tan debilitantes, desempeñar ninguna tarea con la dedicación, regularidad y constancia que exige cualquier empleo digno. Y esta vez, la justicia sí escuchó.

El Juzgado de lo Social de Madrid ha revocado la resolución del INSS, señalando que la demandante no puede realizar ninguna actividad laboral, ni siquiera aquellas consideradas livianas o sedentarias, al tratarse de una dolencia que no cede al tratamiento convencional ni permite una vida funcional estable. El fallo judicial reconoce su derecho a percibir una pensión equivalente al 100 % de su base reguladora —1.023,88 euros mensuales— con efectos retroactivos al 7 de marzo de 2024.

Este caso pone de relieve la complejidad del proceso para acceder a una pensión por incapacidad, especialmente cuando existen criterios médicos que son interpretados de forma restrictiva por parte de las administraciones. En ese contexto, contar con Toro abogados que son expertos en la seguridad social marca la diferencia entre una solicitud rechazada y un derecho reconocido judicialmente.

La letrada que ha llevado el caso, Carmen Bargiela, ha planteado una defensa rigurosa, basada en informes clínicos actualizados y periciales médicas que han acreditado la gravedad del cuadro y la imposibilidad real de la trabajadora para reincorporarse a cualquier tipo de empleo. Su actuación, meticulosa y comprometida, ha sido clave para que el tribunal emitiera un pronunciamiento firme y favorable.

Casos como este no solo evidencian la necesidad de mejorar los criterios de valoración del INSS, sino también la importancia de abordar cada situación con una mirada integral, que no se limite a examinar informes aislados, sino que valore el impacto real en la vida de las personas.

En palabras del propio fallo, el dolor persistente, el uso continuado de bloqueos nerviosos y el fracaso de la cirugía justifican plenamente la declaración de incapacidad absoluta, al no existir capacidad funcional suficiente para mantener ninguna actividad laboral con un mínimo de eficacia.

Este reconocimiento judicial devuelve algo más que una pensión: devuelve dignidad, estabilidad económica y el reconocimiento de una realidad que, durante demasiado tiempo, había sido desestimada. @mundiario

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