Una prisión permanente revisable es una contradictio in terminis, un oxímoron

Sede de la Real Academia Española, en Madrid.
Sede de la Real Academia Española, en Madrid.

Quienes defienden la idea de lo que llaman "prisión permanente revisable", si es constitucional –hay dudas al respecto entre los juristas y el Congreso votó en contra de ese tipo de figura penal–, deberían buscar al menos otra definición. La que están utilizando no es académica. ¿Quieres conocer las razones?

Una prisión permanente revisable es una contradictio in terminis, un oxímoron

El Congreso de los Diputados ha rechazado en pleno este jueves los cambios en la prisión permanente revisable que proponían el PP y Ciudadanos. Estos partidos defendían textos alternativos que mantenían la vigencia de la prisión permanente limitándose a ampliar los supuestos de su aplicación, en el caso del PP, y endureciendo el acceso de los beneficios penitenciarios, en la propuesta de Ciudadanos. Esta pena máxima fue instaurada por el PP en 2015 cuando tenía mayoría absoluta y el PSOE la recurrió ante el Tribunal Constitucional, que no emitió sentencia.

Según el Diccionario de la Real Academia Española, el adjetivo permanente –del lat. permănens, -entis– significa:

1. adj. Que permanece.

2. adj. Sin limitación de tiempo. Se reunieron en sesión permanente.

3. adj. Dicho de una comisión: Que en el seno de una institución u organización asegura la continuidad de sus funciones. U. t. c. s. f.

Como nombre femenino, permanente también significa:

4. f. Rizado artificial del cabello, que se mantiene mucho tiempo.

El adjetivo revisable significa:

1. adj. Que se puede revisar.

Y el verbo transitivo revisar significa:

1. tr. Ver con atención y cuidado.

2. tr. Someter algo a nuevo examen para corregirlo, enmendarlo o repararlo.

3. tr. actualizar (‖ poner al día).

Por tanto, algo que se puede revisar no puede ser permanente. O es permanente o es revisable. Dicho de otro modo: una prisión permanente revisable constituye una contradictio in terminis, concepto latino que no necesita traducción.

¿Estamos ante un oxímoron? Según el Diccionario de la Real Academia Española, un oxímoron es una figura literaria consistente en “una combinación, en una misma estructura sintáctica, de dos palabras o expresiones de significado opuesto que originan un nuevo sentido, como en un silencio atronador”.

"La pena de prisión permanente revisable, introducida a nuestro sistema penal en el año 2015, responde exactamente a esa definición", sostiene Ignacio González Vega, portavoz de Juezas y Jueces para la Democracia.

Quienes defienden la idea de lo que llaman "prisión permanente revisable", si es constitucional –hay dudas al respecto entre los juristas y el Congreso votó en contra de ese tipo de figura penal–, deberían buscar al menos otra definición. La que están utilizando no es académica.  @mundiario

 

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