Los jueces son necesarios para defender el Estado de derecho

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El Tribunal Constitucional.

Si la política ha fallado, lo que no se puede permitir es que el Estado se quede inerme contra quienes  pretenden destruirlo. La defensa de la democracia constitucional es, en última instancia, labor que compete al aparato judicial frente a las teorías de esa especie de democracia plebiscitaria.

Los jueces son necesarios para defender el Estado de derecho

Uno de los argumentos más manidos por parte de los independentistas catalanas y de quienes los comprenden, apoyan, alientan, disculpan o comprenden –que de todo hay– es que el alzamiento contra el orden constitucional por parte de un sector de la sociedad y de las fuerzas políticas catalanas (curiosamente desde el neo anarquistas de la CUP a la derecha nacionalista de toda la vida, antes Convergencia i Unió) requería una solución política y no su “judialización”. Es decir, que el Estado y su aparato legal deberían haberse abstenido de aplicar la Ley a quienes presunta y reiteradamente la han vulnerado –y cuya actitud denostaba su propósito de perseverar en sus objetivos, pese a sus mentirosas disculpas de que no iban en serio–. Se ha llegado a escribir que el Estado quien dio un golpe contra sí mismo, en tanto que los rebeldes actuaron democráticamente ejerciendo su derecho a separarse del resto de España por las bravas.

Y en consecuencia, se acusa al Gobierno de emplear a su antojo el aparato judicial para que le resuelva un problema que debería solventarse al margen de los tribunales, desde el Constitucional al Supremo, como si su función no fuera precisamente la que, a mi entender, están desempeñando.

Viejo problema o vieja cotroversia ésta que ya se plantearon Platón y Aristóteles. Julio Esteban Lalanne, prestigioso catedrático de Filosofía del Derecho, ha estudiado a fondo el viejo dilema entre el Derecho, entre la Ley y la Política, y a este respecto escribe:

¿Qué es mejor: el gobierno de la ley o el gobierno de los hombres? El problema es, a la vez, político y jurídico. Desde el punto de vista político, la cuestión consiste en determinar si, en esas raras ocasiones en las que accede al poder un hombre excepcionalmente dotado para la conducción del Estado, conviene o no restringir su libertad de decisión por medio de leyes. Allí donde concurran en el mismo individuo la más alta aptitud política y la personalidad carismática para liderar a sus conciudadanos: ¿debe estar subordinado a la ley o más bien conviene dejar que sea él mismo quien cree la ley mediante su acción ejemplar? En el ámbito jurídico, se presenta una tensión problemática de signo análogo, que ha sido identificada como una “aporía empírica del derecho”, cuyos términos son los siguientes: o bien organizar la vida social  mediante leyes, generales y abstractas, en detrimento de lo singular; o bien  dejar librada la última decisión de los asuntos jurídicos a la prudencia de hombres investidos de la autoridad para administrar justicia y resolver las controversias que se produzcan en el marco de la vida social.

 

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En Cataluña la calle aprecia la fractura social.

 

Traducido eso a nuestro asunto, ¿se sugiere que el Estado debería haber renunciado a aplicar la Constitución (art.155) y promover acciones (recursos, denuncias de la fiscalía y otras iniciativas) ante los tribunales, ya Constitucional, Supremo, etc? ¿Es que el Gobierno debería haber realizado una política creativa, ignorando o cediendo ante el desafío soberanista y no aplicar la Ley? Quizá se quiera insinuar que la culpa de la rebelión catalana lo tiene el gobierno del Estado por no haber cedido a sus pretensiones antes de iniciada ésta o poniendo sobre el tapete cesiones o alternativas que dieran satisfacción al independentismo ante, durante y después de proclamada la República catalana.

El proceso catalán 

Quisiera previamente recordar algunas de las afirmaciones que he sostenido cada vez que he expuesto mis opiniones en MUNDIARIO:

> Primero. Reitero con Ortega que llamada problema catalán no tiene solución ni la tendrá nunca. Es un problema emocional, que catalanes y demás españoles hemos de acostumbrarnos a conllevar.

> Segundo. El propio aspecto emocional está trufado de manera sorprendente. Hay catalanes, digamos de ocho apellidos, quiero decir de origen franco-carolingio, para entendernos que se sienten y quieren seguir siendo españoles como los demás. Y entre los más furibundos nacionalistas y separatistas aparecen hijos e hijas de andaluces, murcianos, castellanos, etc., como la Hidalgo, el Rufián o el Trapero, entre otros, feroces enemigos de ser considerados españoles.

> Tercero. La única diferencia jurídica entre un ciudadano con nacionalidad española que resida en Cataluña y otro de cualquier otra parte de España es “la vecindad civil”, y sus efectos se restringen al ámbito del Derecho Civil en determinados aspectos forales, y sólo en eso. El llamado “hecho diferencial catalán” (que conspicuos catalanes notables como Albert Boadella no se encuentran) se restringe, en todo caso al ámbito socio-cultural, amplia y suficientemente reconocido y aplicado en distintos órdenes de la sociedad con efectos reconocibles.

> Cuarto. La historia oficial de Cataluña es una mezcla de verdades, mitos, falsificaciones y mentiras, especialmente en su contexto económico como demostró en su día un catalán, el profesor Vicens Vives. Pero ese mito se expresa hoy en día (y ya Azaña se lo reprochó a Companys en plena guerra civil) en esta sencilla pretensión: “Menos Estado y más dinero”. Y ahora se va más lejos: Dinero, Estado propio, pero conservando el mercado e incluso (recuérdese la propuesta de doble nacionalidad), conservando lo que convenga de ser español)

> Quinto. Los independistas y quienes los apoyan invocan derechos que los vecinos de aquella comunidad no poseen ni nadie les reconoce, como si fueran un territorio colonizado por España, con derecho de autodeterminación. El intento de lograr la independencia –que es defendible dentro de la Constitución- contra la Constitución y el orden legal es absolutamente inviable.

> Sexto: el proceso que estos días conoce un nuevo vuelco lo inicia el presidente Maragall quien, con la ayuda de Zapatero, pretende subrayar su mandato con una revisión del Estatut al alza. Es el famoso Estatuto del 2006. Que no era un tema prioritario para la sociedad catalana es que, cuando se somete a referéndum, menos del 50 por ciento del electorado acude a refrendarlo. La intervención del Tribunal Constitucional que lo corrige en aspectos incompatibles con la Constitución es el punto de arranque de un nuevo memorial de agravios. Pero es el presidente Mas, frustrado su intento de obtener un pacto fiscal como el vasco, que permita que Cataluña disponga de más recursos y reduzca todavía más la presencia del Estado, quien amenaza con avanzar hacia la independencia.

Aplicar la Ley fue necesario

Tras los sucesivos pasos que se fueron dando desde la Generalitat y el Parlamento de Cataluña para la proclamación de la República catalana, incluido el ilegal referéndum el 1 de octubre, a través de un plan estratégicamente urdido, que comprendía desde la deslealtad de los mossos, la campaña de prensa internacional contra el Estado, a la huída del presidente Puigdemont, ¿cabía otra cosa que aplicar la ley? Y si hay que aplicar la Ley tendrá que hacerlo jueces y fiscales.

Se dice que en este proceso se ha usado a los jueces como sustitutos de la política. Quizá convendría recordar con Kelsen (Teoría General del Derecho y del Estado (1945) y en la Teoría Pura del Derecho (2ª edición, 1960) que la validez es una propiedad o atributo esencial de cualquier norma, propiedad que a su vez se identifica también con su fuerza obligatoria.

Por lo tanto, los jueces sí que tienen un papel natural y necesario es este proceso. Y si la política ha fallado, lo que no se puede permitir es que el Estado se quede inerme contra quienes, en todo caso, y en este caso, pretenden destruirlo. Yendo más allá, la defensa de la democracia constitucional es, en última estancia labor que compete al aparato judicial del Estado frente a las teorías de esa especie de democracia plebiscitaria –y ni siquiera mayoritaria- que se quiere imponer al conjunto de la ya quebrada sociedad catalana. Y como dijo paradójicamente Kelsen: “El Estado no existe. Existe el Derecho”. O dicho de otro modo, no existe Estado sin Derecho.

Los romanos lo resumieron de otro modo: Ubi homo ibi societas. Ubi societas, ibi Ius. En Cataluña también. @mundiario

 

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