El Gobierno vasco suelta a los etarras que custodia como estaba previsto

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Henri Parot "Unai". / Mundiario.
El Gobierno del PNV ha empezado a aplicar beneficios penitenciarios a los presos de ETA, con motivos tan curiosos como un curso de jardinería. 
El Gobierno vasco suelta a los etarras que custodia como estaba previsto

Como era de esperar, el Gobierno vasco no ha tardado nada en ir soltando a los terroristas de ETA puesto bajo su custodia en las prisiones de aquella comunidad, luego de que, dentro de sus componendas con Pedro Sánchez, éste diera un paso que ningún presidente anterior se atreviera a dar, pese a que era uno de los temas pendientes entre otras transferencias, al tiempo que uno de los más graves errores de la transición con respecto a Cataluña y Euskadi. En esta ocasión, mediante la pintoresca justificación de participar en talleres, entre otros el de jardinería, el PNV va dejando en la calle a sus hijos descarriados hasta lo que enfáticamente llama la reintegración social de estos delincuentes que, ni se han arrepentido, ni colaboran en aclarar los más de tres centenares de crímenes impunes o la suerte de aquellos tres jóvenes gallegos que secuestraron, torturaron e hicieron desaparecer, al confundirlos con guardias civiles.

Como es sabido, gracias a los beneficios penitenciarios previstos en el Código Penal de 1973, los etarras pudieron lucrarse de modo descarado del mismo modo que ahora activa el PNV con otras variantes. De esta manera, haciendo falsas carreras que nunca cursaron (los admitían en la Universidad del País Vasco y aprobaban asignaturas sin ir a examen) algunos pistoleros de ETA llegaron a consumar títulos superiores. Esto se acabó cuando Aznar impidió que las carreras a distancia pudieran cursarse en otra universidad que no fuera la UNED. Pero durante años, los etarras pudieron redimir un día de cada dos a los que eran condenados de este modo escandaloso.

Cierto que en la reforma del Código Penal de 1995 desapareció este beneficio que reducía de modo progresivo la condena impuesta en la sentencia o de la del tiempo de internamiento. No obstante, aquella medida se sigue aplicando de manera transitoria, a penados conforme a la normativa del antiguo Código Penal. Y aparte de aquel favorable sistema que tanto benefició a ETA, no menos favorable les fue desaparición la llamada “Doctrina Parot” cuando fue suprimida tras la condena a España por el Tribunal Europeo de Derechos Humanos (donde Zapatero contaba con un hombre clave).

Aquellos beneficios del Código Penal de 1973

Según el Código Penal de 1973, la reducción de pena por beneficios penitenciarios (un día de redención por cada dos de trabajo) se aplicaba sobre un máximo de 30 años de prisión; es decir, lo que estaba establecido como máximo legal eran 30 años de prisión y a partir de ahí comenzaba a reducirse la pena en función de los días de trabajo, estudio, etc. Esto suponía que los presos pudiesen salir incluso antes de cumplir 20 años en prisión (aunque hubiesen sido condenados a 4 800 años, como era el caso del múltiple asesino Henri Parot).

En el caso de este etarra al que ahora se rinden homenajes y se pide su traslado a Euskadi, obviamente para que lo pongan en la calle cuanto antes, el Tribunal Supremo sentó jurisprudencia con una sentencia que impediría la salida de prisión de Henri Parot tras el cumplimiento de tan solo 16 años de los 4. 800 a los que fue condenado. Para ello, determinaron que la reducción de penas no comenzara a aplicarse a partir de un máximo legal de 30 de años, sino sobre cada una de las penas impuestas al condenado, comenzando por la más grave, hasta un mínimo legal de 30 años a partir de los cuales no se podrían computar más reducciones. De esta manera, los beneficios penitenciarios empezarían a aplicarse sobre la pena de 4.800 años, asegurándose además la permanencia de estos asesinos por un mínimo de 30 años en prisión. 

Pero, como se recordará el Tribunal Europeo de Derechos Humanos, rechazó la aplicación retroactiva de la doctrina Parot y se pronunció a favor del recurso interpuesto por la etarra Inés del Río, ordenando su inmediata puesta en libertad y estableciendo una indemnización de 30.000 euros (Inés del Río debería haber salido de prisión en 2008, pero con la aplicación de la doctrina Parot su estancia se alargaría hasta 2017).  El efecto fue que hubo que soltar a todo tipo de delincuentes a los que benefició la medida, entre ellos peligrosos violadores que volvieron a cometer los mismos actos que los llevaran a la cárcel. @mundiario

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