Llamada de atención del Supremo a CaixaBank por comerciar hipotecas abusivas
El Tribunal Supremo ha vuelto a lanzar un mensaje inequívoco a la banca española: no basta con allanarse en juicio para evitar el pago de las costas cuando se trata de cláusulas hipotecarias abusivas. En una sentencia del 25 de julio, el Alto Tribunal condena a CaixaBank a abonar los gastos procesales de un cliente pese a que la entidad aceptó devolver lo cobrado de más. El motivo: la rectificación llegó solo después de forzar la vía judicial, sin atender la reclamación previa.
Tampoco hay que perder de vista el impacto reputacional para la banca, de forma que no solo se analice el coste judicial en este caso para CaixaBank, sino el riesgo de pérdida de confianza de los clientes de las entidades financieras españolas.
La Sala de lo Civil insiste, de hecho, en un criterio ya fijado hace un año: las entidades financieras tienen la obligación de corregir sus contratos hipotecarios de manera proactiva, eliminando cláusulas poco transparentes o especialmente gravosas que no hayan sido debidamente explicadas. Cumplir formalmente con el trámite de intentar un acuerdo no es suficiente si la entidad no se dirige al cliente para reparar el daño sin que este tenga que acudir a los tribunales.
En este caso, la hipoteca se firmó en 2022, pero la jurisprudencia sobre el reparto de gastos hipotecarios y otras condiciones abusivas es clara desde 2019, cuando el Supremo falló hasta en cinco ocasiones contra la imposición al cliente de todos los gastos asociados a la operación. También ha dejado claro que es ilegal cobrar comisiones por posiciones deudoras en los términos habitualmente utilizados por las entidades.
Miles de sentencias a favor de los consumidores
Los magistrados afean a CaixaBank –y por extensión al sector financiero– su pasividad: pese a la acumulación de fallos en contra, con más de 6.000 sentencias a favor de los consumidores solo en 2025, según la base de datos LaLeyDigital. La banca sigue obligando a los clientes a litigar para obtener lo que ya es doctrina consolidada. Esta conducta, advierte el Supremo, no solo prolonga innecesariamente los procesos, sino que erosiona la confianza en la relación entre entidad y cliente.
No es la primera vez que el Alto Tribunal se pronuncia así. En 2024, una resolución similar condenó a Caja Rural de Teruel a pagar las costas por el mismo motivo. La pauta es clara: quien persista en estas prácticas, aunque rectifique en el último momento, asumirá el coste del procedimiento.
El mensaje va más allá de un simple reproche económico. La justicia exige que la banca asuma su responsabilidad en la reparación del daño y se adelante a las reclamaciones. Lo contrario, concluye el Supremo, perpetúa un modelo en el que el consumidor siempre está en desventaja y en el que las cláusulas abusivas siguen vivas en contratos que nunca deberían haberlas incorporado. @mundiario



