El Supremo avala la rebaja de condenas por la ‘ley solo sí es sí’, pero insta a analizar cada caso

La Sala Penal se ha pronunciado por primera vez al analizar y elevar las penas en el caso de la Arandina, pero dice que serían más altas sin la nueva norma.

Fachada del Tribunal Supremo de España. / Archivo
Fachada del Tribunal Supremo de España. / Archivo

El Tribunal Supremo ha abierto la posibilidad de que los tribunales puedan rebajar condenas a agresores sexuales en aplicación de la ‘Ley del solo sí es sí’ en el caso de que la nueva norma contemple penas inferiores que el anterior Código Penal. Sin embargo, ha insistido en que no se puede hacer “de forma global”, sino que hay ir “caso por caso”.

Además, ha explicado en una nota que las rebajas pueden aplicarse tanto en asuntos pendientes de juicio, como en recursos de apelación o casación de sentencias ya dictadas, como en resoluciones que ya son firmes.

‘Caso Arandina’

Una conclusión a la que ha llegado tras estudiar el caso de la Arandina, en el cual la Sala de lo Penal ha elevado de tres y cuatro años de cárcel a nueve la condena de dos de los exjugadores del Club de Fútbol por agredir sexualmente a una adolescente de 15 años en noviembre de 2017, un año inferior a la que habría correspondido antes de la reforma de la Ley de Garantía Integral de la Libertad Sexual, mejor conocida como ‘ley del solo sí es sí’.

Es la primera vez que el Supremo aplica la nueva legislación, cuya entrada en vigor ha derivado en decenas de rebajas de pena a agresores sexuales. Un pronunciamiento esperado por el Gobierno, quien defendió la ley impulsada por el Ministerio de Igualdad y había pedido tiempo para que el Tribunal creara jurisprudencia y unificara doctrina con la Fiscalía.

Por su parte, la titular de Justicia, Pilar Llop, manifestó durante su comparecencia en la rueda de prensa posterior a la reunión del Consejo de Ministros, que analizarán “detenidamente” lo que ha dicho el Supremo.Además, dejó en claro que defiende la ley ‘solo sí es sí’, pues el Gobierno ha optado por un modelo determinado de política criminal en materia de delitos contra la libertad sexual centrándose en el consentimiento, “lo que obliga a reorientar las penas”. Un modelo que, según ha justificado, “también se sigue en otros países”. “Vamos a ver qué es lo que dice la sentencia”, enfatizó.

Por su parte, Irene Montero, ministra de Igualdad, ha dicho que está “pendiente” de la sentencia, aunque ha señalado que con la ley solo sí es sí, el caso de la Arandina “no es abuso, es agresión”. “La ley es sólida, combate la impunidad y sobre todo protege a todas las víctimas, también a las que no denuncian, frente a todas las violencias”.

En el caso Arandina fueron juzgados tres futbolistas de este club (Carlos Cuadrado, Víctor Rodríguez y Raúl Calvo), quienes en noviembre de 2017 invitaron a una adolescente de 15 años a su casa en Aranda de Duero (Burgos) para mantener relaciones sexuales con ella. Una vez allí, la menor se negó y ellos la forzaron. Tras esto, la Audiencia Provincial de Burgos condenó inicialmente a los tres exjugadores a 38 años de prisión, pero el Tribunal Superior de Justicia de Castilla y León absolvió a uno de los agresores y rebajó el castigo de los otros dos a cuatro y tres años de prisión por “la cercanía de edad y la proximidad en el grado de madurez” de los deportistas y la menor. @mundiario

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