El Gobierno abre la puerta a modificar la ley del ‘solo sí es sí’ tras las primeras rebajas de penas
La justicia de Madrid redujo la condena por abuso a una menor por parte de su padrastro, mientras la ministra María Jesús Montero señala que el objetivo de la ley no era atenuar las condenas.
El Gobierno está pensando en estudiar “con detenimiento” la Ley de Garantía de la Libertad Sexual (conocida como ley del solo sí es sí) después de que varios tribunales de Madrid hayan reducido la pena impuesta a agresores sexuales de menores en aplicación de la nueva norma, que entró en vigor el pasado 7 de octubre.
La ministra de Hacienda y vicesecretaria del PSOE, María Jesús Montero, dijo en los pasillos del Senado que “después de alguna sentencia que al parecer se ha dictado, al amparo de la ley creo que se requiere estudiar esta cuestión. Estudiar las sentencias con detenimiento y estudiar el texto legal, porque evidentemente no era el objetivo de la ley el que se pudieran rebajar las penas de abuso a menores. Todo lo contrario”. “Habría que estudiar tanto las sentencias para ver en qué cuestiones se amparan, y el propio texto legal”, agregó.
No obstante, la revisión de esta norma augura un nuevo enfrentamiento entre las partes. De hecho, la delegada del Gobierno para la Violencia de Género, Victoria Rosell, aseguró que la ley no se toca, puesto que “nadie se plantea revisar o reparar algo que no está dañado”.
Además, el Consejo General del Poder Judicial (CGPJ) había advertido en febrero de 2021 en su informe sobre el anteproyecto de dicha normativa que, su aprobación provocaría la revisión a la baja de aquellas condenas en las que se hubiera impuesto penas máximas conforme a la regulación anterior.
Las condenas rebajadas
La polémica saltó este martes tras conocerse la rebaja de al menos cuatro penas por violación o abuso sexual. Incluido el caso de un hombre al que la Audiencia Provincial de Madrid condenó en julio de 2021 a ocho años de cárcel por ‘abuso sexual con introducción de miembros corporales’ a su hijastra, quien tenía 13 años.
En el Código Penal vigente en ese momento, el abuso sexual a menores de 16 años con acceso carnal estaba castigado con penas de entre 8 y 12 años de cárcel. En la sentencia, el tribunal le impuso la pena “mínima posible”, pues consideró que las mismas “ya son de por sí elevadas”.
Sin embargo, el pasado 3 de octubre, cuatro días antes de que la nueva ley entrara en vigor, el abogado del condenado pidió a la Audiencia Provincial que revisara su sentencia, puesto que la nueva norma rebajaba el castigo mínimo para el delito por el que se le había condenado. Fue así como el 7 de noviembre, la Audiencia Provincial respondió a esa petición con una reducción de dos años.
Además, en la Coruña, un hombre condenado por violar a una mujer que conoció a través de Tinder ha percibido una reducción de dos años en su pena por parte del Tribunal Superior de Justicia de Galicia. @mundiario