La "mochila austriaca" y su posible implantación en España: ¿sería viable? ¿y deseable?

Mochila. / Pixabay.
Mochila. / Pixabay.

En cualquier planteamiento de trasladar lo que funciona en un país a otro hay que tener muy en cuenta las diferencias económicas, de costumbres y situación social y también laboral.

La "mochila austriaca" y su posible implantación en España: ¿sería viable? ¿y deseable?

Dentro de la denominada Agenda del cambio, el Gobierno de Pedro Sánchez se había planteado resucitar el debate en torno a la “mochila austriaca”. Hay que decir que el Gobierno de Jose Luis Rodriguez Zapatero ya abordó este tema en 2010 pero no llegó a desarrollarlo, y también que es un asunto que desde hace algunos años (2011) ha ido en los programas electorales de Ciudadanos y del PP, y ha formado parte de los acuerdos de gobierno que Ciudadanos firmó primero con el PSOE y después con el PP, en el año 2016.

Dentro del capítulo 5 de dicha Agenda del cambio, titulado “Avanzar hacia un mercado laboral eficiente y justo”, se citan las reformas a llevar a cabo, y la número 12 dice textualmente:

12. Implantación gradual de un sistema de cuentas individuales de capitalización para la movilidad a través de la creación del Fondo correspondiente.

Dicho Fondo permite a los trabajadores hacer efectivo el abono de las cantidades acumuladas a su favor en los supuestos de despido improcedente, de movilidad geográfica, para el desarrollo de actividades de formación o en el momento de su jubilación. Esta propuesta se abordará en el marco del diálogo social para que su diseño y aprobación cuente con los mayores consensos posibles.”

Qué es la “mochila austriaca”

Se trata de un fondo individual de capitalización que se va rellenando todos los meses de forma automática por parte de las empresas, estando garantizado por el Estado. Dicho fondo acompaña al trabajador durante toda su vida laboral, incluso en los cambios voluntarios de empresa y en los casos de emprendimiento, y puede rescatarse en casos de despido, y también en la jubilación o por el fallecimiento del trabajador.

En Austria está vigente desde 2003 y su objetivo era de facilitar la movilidad laboral de las personas con elevada antigüedad y crear un nuevo pilar del sistema de pensiones. El empresariado asumió la financiación de la “mochila”, que es propiedad del trabajador, a cambio de eliminar la indemnización por despido objetivo.

¿Es aplicable a España?

Es la gran pregunta. Cualquier planteamiento de trasladar lo que funciona en un país a otro debe tener en cuenta las diferencias económicas, de costumbres, y de situación social y laboral. Hay que valorar si el objetivo con el que se puso en marcha en Austria sobre la situación que tenía en su mercado laboral, encaja con la situación, necesidades y objetivos actuales en España.

Principales aspectos diferenciales

- Indemnizaciones: la regulación era y es bastante diferente, por ejemplo, hasta 2003 en Austria el 88% de los empleados no tenían ninguna clase de indemnización por despido, y además no existe la prestación por desempleo. En España el derecho a la indemnización es general según las causas (objetivos, improcedentes,…).

- Temporalidad del empleo: en España es la mayor de Europa y la tercera mayor de la OCDE, con un 25%, mientras que la media europea está en el 14,4% y en Austria es de un 9%

- Tasa de paro: En Austria hay una tasa de paro del 5%, mientras que en nuestro país es del 14,5% (a final de 2018).

- Coste: En Austria es del 1,53% mientras que, según algunas estimaciones, en España estaría por encima del 4% para compensar un nivel medio de indemnizaciones, que son más altas de las que en su momento tenía Austria.

Planteamiento para su aplicación

Parece existir cierto consenso en aplicar un sistema que:

- Se aplique a las nuevas contrataciones y por tanto que coexista con el modelo actual.

- Evite la financiación total de los despidos por parte de la “mochila”, que sólo debería hacerse cargo de una parte (ej.: el equivalente a unos 8 días de salario por año trabajado), siendo el resto de la indemnización con cargo a la empresa en el momento del despido hasta completar los 20, 33 o 45 días por año según el tipo de contrato y de la improcedencia o no del despido.

- Ajuste las aportaciones a este sistema de seguro (“mochila”) según el ciclo económico y el funcionamiento del propio sistema.

Pero el debate, cuando ocurra, seguro que mostrará nuevos enfoques e interpretaciones.

Visto lo anterior, me surgen diversas preguntas, entre ellas: ¿serán los costes a las empresas tan elevados que disuadan de aplicarla? ¿El trabajador debería pagar una parte? ¿Se generaría más paro al facilitarse el despido? ¿Realmente serían un complemento a las pensiones? ¿Sería deseable cambiar el actual sistema de indemnización por despido?

¿Qué opinan o se preguntan ustedes? @mundiario

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