Un hombre pierde la herencia de su difunta esposa por romper una promesa: no irse con otra

Pareja de ancianos. / Pexels.
Pareja de ancianos. / Pexels.

Un tribunal de A Coruña exige devolver todos los bienes a los hermanos de la fallecida ya que el testamento incluía una cláusula: su marido quedaría desheredado si contraía segundas nupcias.

Un hombre pierde la herencia de su difunta esposa por romper una promesa: no irse con otra

Un hombre gallego ha perdido la herencia de su difunta esposa por no cumplir (del todo) con su última voluntad: no podría contraer segundas nupcias si quería disfrutar del patrimonio que le dejaba. La fallecida incluyó en su testamento, firmado en 1975, una clausura que especificaba que su pareja perdería la condición de heredero si volvía casarse. Y el hombre no lo hizo… pero durante 25 años mantuvo una relación con una nueva pareja que intentó hacer pasar por su prima para conservar los bienes. 

El caso ha salido a la luz pública tras una guerra judicial de varios años y luego de que la Audiencia Provincial de A Coruña finalmente diera la razón a la hermana de la difunta: los jueces han fallado a favor de "dejar sin efecto la Institución de Heredero" y obligar al hombre a que devuelva la herencia a sus excuñados.

El fallo (que puede leer aquí) establece que el heredero incumplió la condición impuesta por su mujer (que firmó su testamento veinte años antes de su fallecimiento), ya que mantuvo durante más de una década una ‘unión de hecho’ con otra pareja, lo que en la práctica equivale a un matrimonio. 

El viudo negó su segunda relación sentimental

La disputa por la herencia inició hace unos años, cuando la hermana de la fallecida decidió demandar al que fuera su cuñado para restituyera los bienes heredados. El viudo negó en todo momento tener otra relación sentimental, alegando que la mujer (ya fallecida) con la que había compartido todo ese tiempo era su prima. 

De acuerdo con la sentencia, el demandado incluso llegó a decir que su nombre aparecía en la esquela de la difunta a continuación de “su esposo” porque "le parecía muy frío poner primo y que lo más cercano a la fallecida que se le ocurrió fue esposo". 

"Las pruebas practicadas en el juicio, tanto de carácter documental como testifical, acreditan la existencia de una relación afectiva y de apariencia conyugal, con carácter habitual y estable, mantenida durante muchos años" entre el viudo y su segunda mujer, "así como el hecho de que han llevado una vida en común y han convivido en el mismo hogar, hasta el fallecimiento de ésta, el 27 de septiembre de 2016", expone el fallo, que no es firme y todavía puede ser apelado. 

Fraude a la verdadera voluntad de la testadora

La Audiencia de A Coruña ha explicado que la sentencia parte del hecho de que la finada no solo había prohibido a su pareja el matrimonio, sino la convivencia “more uxorio” una vez fallecida. Tras años de testimonios, contradicciones y con varias pruebas, el Tribunal finalmente ha estimado “que hay un fraude a la verdadera voluntad de la testadora”.

El movimiento legal obliga al demandado a devolver todos los bienes de la herencia, declara nulas “las transmisiones que pudiera haber realizado” de los mismos y establece que se deberán cancelar las inscripciones registrales a su nombre, de acuerdo con el diario EL PAÍS. @mundiario 

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