El futuro de los aforamientos está por cambiar: ¿de verdad será posible modernizarnos?

Congreso de diputados de España.
Congreso de diputados de España.

Aunque en teoría daría igual que una persona sea juzgada por uno u otro tribunal, o juez, lo cierto es que la especialidad en cuanto al enjuiciamiento es percibida por el ciudadano como un beneficio para el encausado dado que, generalmente, se dilatan los plazos, se hace intervenir a instancias diferentes y, quizás lo más visible, los jueces que deberán ver las causas no han sido designados de forma objetiva dentro de la carrera judicial sino que de una u otra forma ha intervenido el poder político en su elección.

El futuro de los aforamientos está por cambiar: ¿de verdad será posible modernizarnos?

Aunque llevamos unos días muy entretenidos con lo relativo a los Presupuestos Generales del Estado, a finales de septiembre el Presidente del Gobierno de España anunció que iba a proponer una reforma en el Congreso para reducir el número de personas con aforamientos.

¿Qué es un aforado?

Puede decirse que es aquella persona que goza de ciertos privilegios frente al Poder Judicial en comparación al resto de ciudadanos por razón de su cargo público, profesión o actividad. En general suele tratarse de que los casos judiciales que se produzcan contra algún aforado deben verse en algún tribunal especial y no en los tribunales ordinarios que le corresponderían a cualquier ciudadano. Por ejemplo, los casos de Diputados y Senadores deben ser vistos y juzgados por la sala de lo Penal del Tribunal Supremo.

Esta condición de aforado se extiende también a parlamentarios autonómicos, a altos cargos de la Judicatura, de la Fiscalía, del Tribunal Constitucional, del Tribunal de Cuentas, del Consejo de Estado, del Defensor del Pueblo, y otros. En el caso de las Fuerzas y Cuerpos de Seguridad del Estado, los delitos cometidos en el ejercicio de su cargo, deben ser encausados por las Audiencias Provinciales.

En el caso de los parlamentarios, son aforados por el puesto que ocupan en las Cámaras, y por ello son enjuiciables por el Tribunal Supremo aunque los delitos no hayan sido cometidos en el ejercicio de su cargo. Según expertos, esto es así para que no se pueda cambiar la composición ni el funcionamiento de las Cámaras por intervenciones judiciales de innumerables juzgados.

Aunque en teoría daría igual que una persona sea juzgada por uno u otro tribunal, o juez, lo cierto es que la especialidad en cuanto al enjuiciamiento es percibida por el ciudadano como un beneficio para el encausado dado que, generalmente, se dilatan los plazos, se hace intervenir a instancias diferentes y, quizás lo más visible, los jueces que deberán ver las causas no han sido designados de forma objetiva dentro de la carrera judicial sino que de una u otra forma ha intervenido el poder político en su elección.

Por ello, sin prejuzgar nada ni a nadie, la impresión que puede quedar es que existen sensibilidades cercanas a los que son juzgados, o a sus partidos políticos, que acaban influyendo en la resolución de los casos juzgados. Aunque en contraposición de esta idea está el hecho de que los que son juzgados por tribunales superiores no tienen derecho de recurso a las sentencias que se produzcan, como sí lo tienen los sentenciados por tribunales ordinarios.

¿Cuántos aforados hay en España?

Vean las cifras de 2017 en el siguiente cuadro: 

AforadosenEspaña-Statista

¿Les parecen muchos o pocos? Si partimos de la idea de que según la Constitución española todos los ciudadanos somos iguales ante la ley, parecen demasiados. Habría que justificar muy, pero que muy, bien cuáles son las causas para que una persona no sea igual a las demás en estos casos.

¿Qué hay en otros países que consideramos avanzados?

Por lo que he podido ver, por ejemplo, ni en Alemania, ni en Reino Unido, ni tampoco en Estados Unidos existen aforados. En Italia y Portugal únicamente lo es el Presidente de la República, y en Francia lo son el Presidente de la República, el Primer Ministro y sus Ministros de Gobierno.

Conclusión

Para mi gusto sí que debe existir algún tipo de cautela para el enjuiciamiento de algunas personas ejecutivas de máximo nivel en los Gobiernos a fin de evitar que las meras denuncias impliquen la interferencia de los jueces en la acción de gobierno, lo que no quiere decir que no se investigue, sino que quizás, las medidas preventivas a tomar deban ser sopesadas con otros criterios. Pero por otro lado, me gustaría ver mayor separación entre el poder legislativo, ejecutivo y judicial, para quitar la sombra de duda (para algunos es más que eso) sobre la actuación de tribunales especiales cuando juzgan a los aforados, sobre todo cuando, directa o indirectamente, han podido tener algo que ver en su elección como miembros de dichos tribunales.

¿Qué les parece el tema? ¿Cómo lo ven? ¿Qué medidas tomarían? @mundiario

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