¿Cuál es la mejor opción entre hacerse autónomo y crear una SL?

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Un equipo profesional en una reunión de empresa.

Convertirse en autónomos o formar una sociedad limitada, es una de las dudas que más se plantean aquellos que han tomado la decisión de iniciar su propia aventura profesional.

¿Cuál es la mejor opción entre hacerse autónomo y crear una SL?

Cuando decidimos emprender por primera vez, una de las cuestiones que más solemos preguntarnos es la de qué compensa más: convertirnos en autónomos o llegar a formar una sociedad limitada.

Lo más sencillo puede ser que, si estás comenzando desde cero, lo más rentable sea ser autónomo y, a medida que vayas creciendo, ir generando una estructura societaria interesante. Si bien, esta pregunta va más allá de lo que puedas pensar:

¿Cuánto tiempo me va a llevar?

Una de las características más llamativas de ser autónomo es que, en tal solo 24 horas puedes comenzar a trabajar como tal de manera oficial. Solo necesitas presentar la declaración censal en Hacienda y darte de alta en el Régimen General de Autónomos (RETA) de la Seguridad Social.

Aunque, si lo que quieres realmente es constituir una S.L. este proceso puede llevarte más tiempo del que te imaginas. Antes de nada, dentro del Registro Mercantil Central, debes obtener un certificado negativo de Denominación Social para asegurarte de que no existan otras sociedades con ese nombre o que pueda ser similar al que tú estás proponiendo. Tu notario de confianza puede realizar todos estos trámites a nivel telemático.

¿Qué documentos necesito?

El notario puede comenzar a redactar su autorización para la escritura de constitución de una sociedad cuando le presentes la certificación anteriormente mencionada y el certificado bancario que expone que has aportado un capital mínimo de 3.000 euros. Si así lo quieres esto puede incluir los estatutos que se amolden mejor a las necesidades o requisitos de tu empresa. La ley nueva de apoyo a los nuevos emprendedores permite que postergues este pago, de forma que al comienzo no tengas que abonar todo este capital.

De todas formas, debes saber que esto limita tu retribución anual ya que los administradores y socios se llevarán una buena parte, además la repartición de dividendos debes vigilarla. De todas formas, ese dinero lo terminarás aportando aunque sea como capital social. Debes tener en cuenta que la S.L. necesitará en todo momento de una persona que sea autónoma, ya que esta ejercerá como administrador principal de la empresa.

Una vez se haya firmado la escritura que constituye la sociedad, el notario puede obtener de forma telemática el CIF provisional de tu sociedad, en el mismo momento en el que se realiza la firma. Una vez hecho esto, todo el proceso estará dentro del Registro Mercantil del domicilio social, por lo que será, definitivo.

El registrador cuenta con 15 días hábiles para poder inscribir la sociedad dentro del registro, así que tenlo presente, ya que esto no impide empezar a gestionarse con la copia de la escritura pública que te proporcionará el notario al que consultes. Existe un proceso mucho más ágil y fácil, se conoce con el nombre de CIRCE. Este va mucho más rápido e incluso en tan solo cuatro días puedes tener toso los papeles y trámites solucionados.

¿Y si mi negocio va mal? ¿Qué opción me protege mejor?

Debes ser consciente de que la responsabilidad de la persona autónoma es ilimitada. Esto es complicado, ya que quiere decir que las deudas no solo las respondes con tu proyecto, sino que también entran en juego tus bienes personales, tanto presentes como futuros. Por ello, si eres una persona que está casada en régimen de gananciales, es aconsejable que pactes con tu cónyuge una separación proporcional de bienes.

En los últimos tiempos, se ha introducido la figura del Emprendedor de Responsabilidad Limitada (ERL), que se encarga de proteger el patrimonio del empresario si hay algún tipo de concurso o sorteo, para que por ejemplo no se lleven tu hogar. Esto solo sirve en los casos en los que haya habido algún tipo de negligencia en la gestión. Además, su valor no debe superar los 300.000 euros.

Si bien, la ventaja principal de la S.L. es la limitación de la responsabilidad que tienen los socios que la componen, ya que las deudas solo afectarían al capital social y nunca entraría en juego su patrimonio personal. Además, puede crearse una sociedad limitada unipersonal, así que solo estaría administrada por un único socio.

¿Hay diferencias en cuanto a impuestos y retenciones?

Debes saber que no hay diferencias al gravamen de impuestos en las tributaciones a la Seguridad Social por trabajador, la cuota del IRPF retenido en nóminas y el IVA en general.

No obstante, sí hay diferencias con respecto al ámbito fiscal, ya que el impuesto de las Sociedades se focaliza en un 25% estipulado sobre los beneficios que se obtienen, mientras que el autónomo debe pagar trimestralmente, restando los gastos a los ingresos que se obtienen.

De esta forma, abonaría el 20% de la cuota a ingresar. Queda establecido como pago una cuenta anual a la que se refiere la declaración anual del IRPF. Por lo tanto, el tipo mínimo de gravamen es el 19% mientras que el máximo es el 45% en el año 2016, mientras que en la S.L. el tipo general se focaliza en el 25%. El control de cuentas y obligaciones siempre son más elevados en esta última.

En resumen

Con el fin de ayudarte si tu facturación es inferior a 40.000 euros anuales, es mejor que te conviertas en autónomo, ya que te va a compensar. Si con el tiempo superas esta cifra, seguramente te compense la S.L.

De todas formas antes de dar este gran paso debes estudiar tu caso en particular, ya que el dueño de la empresa se establecer un sueldo que tributa por IRPF y cobra una serie de dividendos también tributados.

Lo que quiere decir es que si tu objetivo es “recoger” lo que vayas ganando, la suma de toda la tributación da como resultado al sueldo más dividendos, dando como finalidad algo similar a si fueras una persona autónoma. Si el negocio consolida el beneficio y se mantiene en equilibrio, sí logrará generar ahorro fiscal.

Puede ser más sencillo comenzar tu proyecto constituyendo una empresa, pero siempre debes tener en cuenta que el sueldo del socio debe compensar la cuota a pagar por el impuesto de sociedades y, esta no debe ser demasiado elevada.

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