El Gobierno cambiará las condiciones para las activaciones de hipotecas

Oficina del Banco Santander. / RRSS
Oficina del Banco Santander.

Luis de Guindos prepara una ley que amparará a los clientes para que no sean despojados de sus viviendas al incumplir el pago de un par de cuotas de préstamos.

El Gobierno cambiará las condiciones para las activaciones de hipotecas

El Gobierno está enfilando ya los últimos detalles para una nueva ley hipotecaria, la cual pondrá todavía más condiciones para que los bancos puedan ejecutar una hipoteca y quedarse con la residencia de los clientes que no cumplan sus plazos de pago. De esta forma, el impago de tres cuotas de la hipoteca ya no bastará para que la organización bancaria arranque el proceso de "vencimiento anticipado", que es el que formalmente arranca la ejecución de la hipoteca. Con la aprobación de esta nueva normativa, se deberá esperar en cambio a que el cliente haya alcanzado un porcentaje del importe total del crédito para que el banco pueda despojar de su vivienda a su apadrinado. La Cadena SER ha anticipado que ese porcentaje rondaría el 3 o el 5% dependiendo de la duración del préstamo o de las cuotas que resten por ser pagadas.

Luis de Guindos, ministro de Economía, ya había anticipado hace algunos meses que el Gobierno preparaba la presentación de esta nueva ley hipotecaria con la que se protegería más a los ciudadanos respecto al actual sistema, que ampara que los bancos despojen de su residencia a los clientes si incumplen el pago de tres cuotas. A la vez, anticipó que para esta futura norma será el impago de un porcentaje de la deuda lo que autorice al banco el inicio de la hipoteca, que generalmente conlleva un desahucio, aunque evitó decir exactamente de cuánto será ese porcentaje, explica El País.

Tal y como dijo la SER, el porcentaje podría ser de entre un 3% y 5% de acuerdo al primer borrador de esta norma. El artículo 15 de esta ley indica que el banco podrá aplicar la cláusula de vencimiento anticipado en cuanto el propietario de la casa haya incumplido con sus pagos y las cuotas restantes lleguen "al 3% del valor del préstamo, si el plazo de amortización de la obligación garantizada fuera inferior a 10 años o, en el caso de ser a diez años, el incumplimiento se produjera dentro del período de los diez primeros años de dicho plazo". En caso de que el crédito tenga un plazo que supere la década, el proceso se podrá empezar en cuanto las cuotas no pagadas se alcen a un "5% del valor del préstamo, si el plazo de amortización de la obligación garantizada es superior a diez años y el incumplimiento se produce más allá del período de los diez primeros años de dicho plazo".

Cuando la deuda impagada sume ese porcentaje, se inicia un plazo de dos semanas para que el banco empiece a reclamar la deuda o intente llegar a un acuerdo con el prestatario para iniciar una renegociación en las condiciones del préstamo en discordia.

Esta nueva ley hipotecaria valdrá para trasponer la orden de la UE de crédito hipotecario 2014/17, la cual fue aprobada el 4 de febrero de 2014. El funcionario explicó que esta nueva norma facilitará la transparencia en todo el proceso: explicará puntualmente cuáles son los intereses de demora, enfilará un contrato hipotecario sencillo, transparten y estándar e incluso incluye la posibilidad de ofrecer a los fedatarios públicos un compendio de cláusulas que son ilegales, a fin de que puedan eliminarlas del contrato, explica El País.

La SER asegura que esta nueva ley mejorará la información que el cliente recibe antes de firmar el contrato en cuestión. De igual forma, fuerza a los bancos a aclarar si hay "cláusulas o elementos relevantes", como las famosas cláusulas suelo, así como de las condiciones para el vencimiento anticipado, los gastos que arrastrará. A la vez, el propietario de la residencia recibirá asesoría gratis de parte del notario y podrá examinar la escritura del préstamo durante una semana antes de trazar su firma y deberá igualmente aclarar por escrito que todas las condiciones han quedado claras.

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