El Gobierno aprueba el anteproyecto de la primera ley estatal de vivienda en España

Raquel Sánchez, ministra de Transportes. / TW @raquelsjimenez
Raquel Sánchez, ministra de Transportes. / TW @raquelsjimenez
PSOE y Podemos han aprobado la norma que incluirá un mecanismo de regulación de los alquileres cuya aplicación dependerá de las comunidades.
El Gobierno aprueba el anteproyecto de la primera ley estatal de vivienda en España

El Consejo de Ministros ha aprobado este martes el anteproyecto de la primera ley estatal de vivienda, que se tramitará de urgencia para que llegue "cuanto antes" al Congreso para su tramitación parlamentaria, como ha indicado en la rueda de prensa posterior la ministra Transportes, Movilidad y Agenda Urbana, Raquel Sánchez.

Dicha intención de acuerdo entre los dos socios de gobierno, PSOE y Podemos, se conoció en octubre de 2020 y, en principio, la norma tardaría cuatro meses en tramitarse; finalmente se ha tardado un año y parece que no es del agrado de todos, a juzgar por los movimientos de vivienda que ya han criticado un texto que, según denunciaron este lunes, es una "nueva decepción". Aún así, todavía no está totalmente tramitada ya que al anteproyecto le espera un largo periodo de tramitación parlamentaria.

La medida que más debate suscita es el mecanismo de regulación de los alquileres, ya que es la primera vez que se pone en marcha en España una medida de intervención del mercado de arrendamiento a escala estatal. Pero, el anteproyecto deja en manos de CCAA y ayuntamientos la potestad para aplicar dich anorma, lo que limita considerablemente su alcance.

Tal y cmo recoge 20 minutos, la plataforma Iniciativa por una ley que garantice el derecho a la vivienda, en la que participan la PAH, el Sindicato de Inquilinos, CC OO o UGT, denunció este lunes que las medidas "quedan mayoritariamente en manos de la voluntad política de las comunidades" y el Estado renuncia a "establecer ninguna garantía frente a la insumisión ya anunciada por algunas de ellas". Y es que las comunidades gobernadas por el PP ya han anunciado que no piensan aplicar una ley que les parece un atentado contra la propiedad privada.

Ferran Font, director de Pisos.com, ha declarado a Libremercado que "se trata de una ley que está creando una situación muy inestable y, a la vez, está generando muchas dudas sobre cómo se va a aplicar, quién lo va a aplicar, cuál va a ser el resultado, etc. La incertidumbre surge porque hay escasez de información. Por ejemplo, ¿serán consideradas viviendas vacías las segundas residencias? Pese a que estas permanecen cerradas gran parte del año no tienen demanda residencial, sino turística. Otro aspecto complicado es la aplicación de la limitación de los precios en el alquiler ya que no se sabe de dónde van a extraer los índices para limitar las rentas. Además, estos podrán ser renegociados durante un año y medio desde la aprobación de la normativa".

La regulación de los alquileres se basa en el establecimiento por parte de las comunidades autónomas de zonas de mercado tensionado por un periodo de tres años, prorrogable anualmente. Esta declaración no será discrecional por parte de las administraciones, sino que estará sujeta a datos objetivos, por ejemplo, que el precio del alquiler haya crecido cinco puntos por encima del IPC y que las familias tengan que destinar un porcentaje de su renta superior al 30% para costearlo.

¿Qué es una zona tensionada?

Se consideran "zonas tensionadas" las áreas en las que exista "un especial riesgo de oferta insuficiente de vivienda para la población, en condiciones que la hagan asequible para su acceso en el mercado", reza el texto. Entre esas "condiciones" se fija que el coste de la hipoteca o el alquiler (más gastos de suministros) supere el 30% de los ingresos medios de los hogares. También, se ponderará que el precio de compra o alquiler haya experimentado en los últimos cinco años una subida de, al menos, el 5% superior porcentaje de crecimiento del IPC de cada autonomía.  Además, para esas zonas de mercado tensionado, la ley recoge medidas diferentes para los contratos ya en vigor y para los nuevos, y también en función de si el casero es una persona física -sin importar su número de viviendas en alquiler- o una empresa. El caso de los contratos en vigor es el más sencillo: cuando venza el contrato de alquiler de una vivienda ubicada en una zona designada como de mercado tensionado, los inquilinos podrán pedir a su arrendador -sea una persona o una empresa- una prórroga por un año, prolongable hasta un máximo de tres años. Siempre que siga vigente la declaración de zona tensionada, el casero estará obligado a aceptar esta extensión del contrato al mismo precio que venía pagando el inquilino, y solo podrá revalorizar la renta de acuerdo al IPC.

No obstante, existirá una moratoria de 18 meses desde la aprobación de la ley hasta que rija el índice de referencia de los precios en las zonas tensionadas, dado que, según explicó la ministra, se trata de un sistema "complejo" que obligará a analizar cada zona concreta y que, por tanto, para hacerlo con "rigor" llevará un tiempo, si bien matizó que estos 18 meses es un plazo "máximo".

Desgravaciones en el IRPF (contratos de alquiler nuevos)

La actual desgravación del 60% en el IRPF por rendimiento neto del alquiler de vivienda habitual pasará a ser del 50%, pero se modula hasta el 90% en las zonas tensionadas. Para nuevos alquileres de viviendas a jóvenes entre 18 y 35 años, la reducción será del 70%, mientras que para viviendas protegidas y para casas rehabilitadas en los dos últimos años, del 60%.

Recargo en el IBI para viviendas vacías

Los ayuntamientos (los dirigidos por el PP ya han dicho que no aplicarán la medida) podrán aplicar un recargo del 50% en la cuota líquida del impuesto de bienes inmuebles (IBI) a los inmuebles de uso residencial que permanezcan desocupados sin justificación más de dos años; del 100% si está vacío más de tres años y del 150% si el propietario tiene varios inmuebles desocupados en el mismo término municipal.

Entre otras medidas que contempla dicho anteproyecto, se contempla la ampliación hasta el 28 de febrero de 2022 de las medidas de protección que se aprobaron para aquellos hogares vulnerables que se enfrenten a procedimientos de desahucio de su vivienda habitual, con la acción coordinada de los órganos judiciales y de los servicios sociales competentes, incluidos aquellos hogares afectados por procedimientos de lanzamiento de su vivienda habitual, que no se deriven de contratos de arrendamiento, cuando existan personas dependientes, víctimas de violencia sobre la mujer o menores de edad a cargo.

La ministra de Transportes, Movilidad y Agenda Urbana, Raquel Sánchez, ha insistido en que la normativa dará "seguridad jurídica" tanto a inquilinos como a propietarios, porque dejará de considerar la vivienda "como un bien de mercado" para pasar a "consagrarlo como un derecho", y ha rechazado que vaya a suponer una retirada de fondos internacionales en el sector, dado que la ley aporta "seguridad jurídica" tanto a propietarios como a arrendatarios. @mundiario

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