Costa Rica modifica reglamento para cumplir con estándares europeos
El Ministerio de Hacienda de Costa Rica ha actualizado el Reglamento de la Ley del Impuesto sobre la Renta.
El 28 de noviembre, mediante el Decreto N.° 44.262-H, el Ministerio de Hacienda de Costa Rica llevó a cabo una actualización crucial en el Reglamento de la Ley del Impuesto sobre la Renta. Esta modificación, publicada en el Alcance N.° 235 de La Gaceta, tiene como objetivo principal adecuar la normativa a la legislación que permitió a Costa Rica salir de la lista negra de la Unión Europea, que incluye países considerados no colaboradores en materia fiscal. La revisión del Decreto Ejecutivo N.° 43.198-H fue detallada por Alonso Erak, director de Precios de Transferencia de la firma Grant Thornton, a La Nación.
Los cambios incorporados abarcan la inclusión de definiciones clave en el reglamento, el establecimiento de criterios para la identificación de "entidades no calificadas" (aquellas sin sustancia económica en el país) y la aclaración de las deducciones aplicables a las rentas pasivas extraterritoriales.
El ajuste legal surgió como consecuencia de la aprobación, el pasado 26 de septiembre, de una ley por la Asamblea Legislativa que excluyó a Costa Rica de la lista negra de la UE. Esta legislación implicó que las "empresas de papel" estuvieran obligadas a tributar sobre los ingresos obtenidos en el extranjero, específicamente, aquellos derivados de rentas pasivas como alquileres e intereses. Empresas de papel se definen como entidades que utilizan países con lagunas tributarias para gestionar inversiones sin tener actividad económica real ni empleados.
El nuevo reglamento introduce la definición de "entidad no calificada", considerada como "todo contribuyente que no posea una sustancia económica adecuada en el territorio nacional durante el período fiscal de imposición respectivo". Además, establece conceptos cruciales como "fuente costarricense" y "grupo multinacional".
Erak señala que el reglamento está alineado con la ley al especificar que las rentas generadas dentro del territorio costarricense están sujetas a impuestos. Subraya que la Administración Tributaria busca que las empresas sin sustancia económica en Costa Rica tributen por las rentas pasivas generadas en el exterior.
La resolución publicada destaca la responsabilidad de la Tributación de emitir parámetros para evaluar la sustancia económica de las empresas y cómo los contribuyentes informarán su condición, especialmente si pertenecen a un grupo multinacional. Erak revela la existencia de un borrador de resolución que solicita información detallada sobre entidades no calificadas, como la presencia de oficinas y empleados.
Finalmente, el decreto permite a las empresas deducir impuestos sobre rentas y ganancias de capital relacionados con rentas pasivas extraterritoriales, una medida introducida debido a la falta de gravamen previo en estas rentas. También se establece que entidades no calificadas pueden deducir impuestos similares pagados en el exterior. @mundiario



