El tribunal dicta que el recargo sobre la compra de carburante en España es contrario a la legislación comunitaria. Su anulación supone la devolución de 13.000…
¿Por qué un sistema que en 2004 y 2009 era válido para Bruselas, en 2011 ya no lo es, cuando existía una clara “confianza legitima” en la legalidad de las bonificaciones fiscales del naval de España?