¿Sabemos dónde está el límite de los derechos y deberes de empresarios y empleados?

Una mesa de trabajo. / Pixabay
Una mesa de trabajo. / Pixabay

Una sentencia del Tribunal Europeo de los Derechos Humanos inculpa a un empresario por intromisión en la vida privada de su empleado.

¿Sabemos dónde está el límite de los derechos y deberes de empresarios y empleados?

Esta noticia nos sitúa a todos entre dos aguas: Estrasburgo acaba de condenar a un empresario por espiar en sus oficinas a un empleado que enviaba correos electrónicos personales durante la jornada laboral. La situación está confusa en las mentes. Recordemos que la primera sentencia de Estrasburgo dio la razón al empresario por el despido.

La principal reflexión sería sopesar cuáles son los verdaderos derechos de los empleados y empresarios y hasta dónde llega el derecho a la privacidad.

Por otra parte, ser jefe de una empresa conlleva adquirir deberes. De la misma forma, al aceptar firmar un contrato quién dictamina el  incumplimiento de las condiciones y obligaciones laborales. Dentro de esa adherencia, ¿qué parte de la vida privada queda restringida dentro del horario laboral?

El jefe puede sancionar a sus empleados absteniéndose de mal trato de palabra o de obra pero controlar y leer mensajes privados está considerado una forma de ofensa,  ya que supondría una intromisión ilegítima

El jefe puede sancionar a sus empleados absteniéndose de mal trato de palabra o de obra pero controlar y leer mensajes privados está considerado una forma de ofensa,  ya que supondría una intromisión ilegítima. Esta cuestión legal tan controvertida está reflejada en la ley.

El artículo 20.3 del Estatuto de los Trabajadores reconoce al empresario un poder de control y vigilancia para verificar el cumplimiento del trabajador de sus obligaciones laborales: “El empresario podrá adoptar las medidas que estime más oportunas de vigilancia y control para verificar el cumplimiento por el trabajador de sus obligaciones y deberes laborales, guardando en su adopción y aplicación la consideración debida a su dignidad humana y teniendo en cuenta la capacidad real de los trabajadores disminuidos, en su caso”.

Sin embargo, el libre albedrío del significado de las palabras no permite tener el mismo entendimiento sobre lo que son “medidas oportunas, vigilancia, obligaciones, dignidad....”

La falta de comunicación entre los miembros de una misma empresa y la jerarquización de las responsabilidades también han llevado esta sociedad a la subordinación. Por tener un grado más saliente nos permitimos aumentar las desigualdades dentro de un grupo y a veces hasta ofender a terceros.

¿El límite no estaría en la consciencia de cada uno? El empleado por adecuarse a su labor para rendir más y de la misma manera incentivar la productividad de la empresa y el empresario en reconocer que desconectar no perjudica el rendimiento.

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