Nada cambia en las subvenciones que les damos a los partidos para sus campañas electorales

Gastos en campaña electoral en carteles, pancartas o condones.
Gastos en campaña electoral en carteles, pancartas o condones.

Las subvenciones que recibirán los partidos políticos para sufragar sus gastos electorales en la campaña del 26J serán exactamente las mismas que recibieron en la campaña electoral de hace cinco meses para las elecciones del 20 de diciembre.

Nada cambia en las subvenciones que les damos a los partidos para sus campañas electorales

El 11 de mayo, los partidos políticos españoles se reunían para intentar llegar a un acuerdo en cuanto a la reducción de los gastos electorales. MUNDIARIO publicaba la noticia tras esta reunión en la que los partidos con representación parlamentaria no lograron sellar un acuerdo conjunto para rebajar el gasto electoral en las próximas elecciones del 26 de junio.

Esta reunión tenía lugar cuatro días después de que el BOE (Boletín Oficial del Estado) publicase, el sábado 7 de mayo, la Orden HAP/666/2016, de 5 de mayo, por la que se fijan las cantidades de las subvenciones a los gastos originados por actividades electorales para las elecciones generales de 26 de junio de 2016 y que entraba en vigor el mismo día de su publicación, el 7 de mayo.

¿Qué subvenciones recibirán por tanto los partidos políticos para sufragar sus gastos electorales en la campaña del 26J? Pues exactamente las mismas que recibieron en la campaña electoral de hace cinco meses para las elecciones del 20 de diciembre.

En el BOE del 7 de mayo se estipula lo siguiente:

> Importe de las subvenciones.

a) Subvención de 21.167,64 euros por cada escaño obtenido en el Congreso de los Diputados o en el Senado.

b)  Subvención  de  0,81  euros  por  cada  uno  de  los  votos  obtenidos  por  cada candidatura al Congreso, uno de cuyos miembros, al menos, hubiera obtenido escaño de Diputado.

c) Subvención de 0,32 euros por cada uno de los votos obtenidos por cada candidato que hubiera obtenido escaño de Senador.


> Límite de los gastos electorales.

El que resulte  de  multiplicar  por  0,37  euros  el  número  de  habitantes correspondiente a las poblaciones de derecho de las circunscripciones donde presente sus candidaturas cada  partido, federación, coalición o agrupación.


> Subvención por gastos de envío directo. (mailing).

El Estado subvencionará a los partidos, federaciones, coaliciones  o  agrupaciones,  los  gastos  electorales  originados  por  el  envío  directo  y  personal a los electores de sobres y papeletas electorales o de propaganda y publicidad electoral, de acuerdo con las reglas siguientes:

a) Se abonarán 0,18 euros por elector en cada una de las circunscripciones en las que  haya  presentado  lista  al  Congreso  de  los  Diputados  y  al  Senado,  siempre  que  la  candidatura de  referencia  hubiera  obtenido  el  número  de  Diputados  o  Senadores  o  de  votos preciso para constituir un Grupo Parlamentario en una u otra Cámara.


En el BOE de sábado 31 de octubre de 2015 se estipula exactamente lo mismo y se puede consultar aquí.

A la salida de la reunión entre los partidos políticos con representación parlamentaria del 11 de mayo, los representantes de los principales partidos declararon los siguiente:

Fernando Martínez-Maíllo, vicesecretario del PP

Óscar López, portavoz del grupo parlamentario del PSOE en el Senado.

Segundo González, coordinador del área de finanzas y transparencia de Podemos.

José Manuel Villegas, vicesecretario general de Ciudadanos.

Todos ellos prometían reducir sus gastos y eso es lo único que nos queda a los ciudadanos, creernos que todos ellos dicen la verdad y cuando haya que hacer cuentas y pagar, porque pagamos nosotros, el importe sea menor que en la campaña electoral del 20D, porque lo que viene siendo las subvenciones pactadas con el Estado, no se han reducido nada.


 

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