La Fiscalía critica al Supremo por haber rebajado el procés a sedición

Magistrados del Tribunal Supremo. / @HAUPOLD
Magistrados del Tribunal Supremo. / @HAUPOLD
Dos fiscales del ministerio público critican la labor de los magistrados por haber hecho un recorte a la baja en el delito de los procesados.
La Fiscalía critica al Supremo por haber rebajado el procés a sedición

A más de un mes desde que se dictara la sentencia por el juicio del procés, el Tribunal Supremo ha sido criticado por la rebaja de delito que hizo contra los sentenciados. Así lo ha emitido la Fiscalía, puntualmente mediante Javier Zaragoza y Jaime Moreno en una serie de escritos que enfilaron ante el tribunal a fin de rechazar los incidentes de nulidad (petición para que se anule la sentencia) de los principales cabecillas separatistas. De momento, nueve de los 12 acusados han presentado dicha petición. Solo quedan pendientes de hacerlo Oriol Junqueras, ex vicepresidente de la Generalitat, Raül Romeva, exconsejero de Exteriores, y Carme Forcadell, exjefa del Parlament.

El Ministerio Público rechaza todos los incidentes de nulidad registrados contra la sentencia del procés, explica El País. El cuarteto de fiscales que participaron en este juicio se han repartido las respuestas a las impugnaciones de las defensas. Y la consideración que hace unos y otros sobre la sentencia del tribunal no es equitativa. Los de Zaragoza y Moreno son mucho más críticos con la sentencia: apuntan que el Supremo rebajó la calificación penal "respecto a algunos hechos que bien pudieran haber tenido un encaje normativo más riguroso". Ambos fiscales, pese a que la sentencia rece que los hechos no tuvieron la suficiente entidad como para alterar el orden constitucional, el mismo relato de hechos que probaron los magistrados "acredita el desbordamiento de los contornos legales propios de la sedición y la incursión de los mismos en algunos de los elementos típicos de la rebelión".

Los textos redactados en cambio por Fidel Cadena y Consuelo Madrigal, no obstante, explican que el tribunal hizo lo correcto por estimar que la calificación de los hechos como sedición era "previsible" y se corresponde con el contenido literal del artículo 544 del Código Penal, en el cual describe la sedición como un puro alzamiento público y violento para que se aplique la ley, prosigue el medio ya citado. "Frente a lo insinuado, en la aplicación de los tipos de sedición y malversación existió pulcritud dogmática y respeto al principio de legalidad", apuntan ambos.

En lo que sí coinciden todos es en rechazar todos los argumentos de los abogados defensores, incluido el de vulneración de derechos fundamentales que los acusados ya habían denunciado desde antes y durante el juicio y que el tribunal ha rebotado en varias ocasiones. "Se intenta sencillamente cubrir un trámite para acudir al recurso de amparo”, admiten los fiscales.

Los acusados también hacen referencia en sus textos a las filtraciones del fallo en los días previos a la emisión de la sentencia por considerar que se vulneró el derecho a un proceso con todas las garantías. El ministerio público también da largas a esto, mas califica la filtración de "lamentable" y advierte de que estas situaciones llevan a la "pérdida de confianza en la justicia". Aun así, los fiscales recuerdan que la doctrina del Constitucional apunta que para que la filtración lleve a una nulidad de la sentencia es necesario que la postura de alguno de los magistrados pueda verse "condicionada, influienciada o variarse" a raíz de dicha filtración. Los fiscales niegan que esto haya sucedido en esta ocasión ya que los siete magistrados del Supremo llegaron al pacto unánime contra la condena por sedición en el mes de julio, tres meses antes de que se dieran estas filtraciones. @mundiario

 

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