Día sin precedentes: Un marido fue condenado en El Jadida por violación conyugal

El Código Penal ha servido de base para el Tribunal de Apelación. Enuncia que “castiga de 5 a 10 años de cárcel toda tentativa de abuso consumido con violencia contra personas de uno u otro sexo”.
Día sin precedentes: Un marido fue condenado en El Jadida por violación conyugal

Progreso social de la mujer en Marruecos.

El reconocimiento del crimen "violación matrimonial o conyugal" abre su camino. El Tribunal de Apelación del Jadida acaba de dar un empuje a la causa femenina.

Este miércoles 5 de junio, el Tribunal de Apelación del Jadida, escribe una página judicial sin precedente en el mundo árabe. El juez ha decretado una sentencia por violación conyugal, presentada ante los tribunales bajo  concepto de agresión.

El acusado, un hombre de 42 años, condenado a 2 años de prisión por abuso y agresión sexual a su esposa de 35 años. Por primera vez en Marruecos una decisión de tal magnitud ha sido tomada por la justicia marroquí. El juez ha estimado que el acto sexual ha sido efectuado de una manera anormal.

La mujer denuncia en diciembre del 2012

El 22 de diciembre del 2012, los servicios de la gendarmería de la ciudad de El Jadida registraron una denuncia. Una mujer casada desde hace 11 años deposita una denuncia contra su marido por agresión sexual. Acompañada y asesorada por miembros de una Asociación femenina ESSAA, que lucha, desde 1999, por la protección de las mujeres de dicha ciudad.

El 2 de Enero del 2012, El juez decidio abrir el proceso contra el acusado. Es un hecho excepcional en sí mismo.

Las pruebas de la acusación

Son, ante todo, certificados y argumentos de médicos que aseguran una fisura anal provocando una enfermedad hemorroide.

Además, el testigo de una de los tres hijos que tiene la pareja. Una niña de 11 años que cuenta los hechos recibidos por su madre y delante de ella.

Una escena. El padre coge la madre por los pelos y la tira al suelo. Los hijos están presentes en la misma habitación. El padre ordena a la madre someterse a su voluntad.

El fundamento

El artículo 485 del Código Penal ha servido de base para el Tribunal de Apelación. Enuncia que “castiga de 5 a 10 años de cárcel toda tentativa de abuso consumido con violencia contra personas de uno u otro sexo”.

Disponiendo del texto jurídico que prevea la agresión sexual dentro del matrimonio, el juez ha aplicado esta disposición. Dentro de unos días se sabrá si el acusado apelará el dictamen.

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