El TJUE reprende a España por negarles el paro a las trabajadoras del hogar

Electrodomésticos en una cocina. / PIxabay
Electrodomésticos en una cocina. / PIxabay

La Justicia europea considera que las empleadas domésticas son discriminadas en España, y resuelve que se legisle la cotización por desempleo para el colectivo.

El TJUE reprende a España por negarles el paro a las trabajadoras del hogar

En España, alrededor de 400.000 trabajadoras domésticas afiliadas al sistema de Seguridad Social, y otras 150.000 no registradas, son discriminadas por razones de género, de acuerdo con una sentencia del Tribunal de Justicia de la Unión Europea (TJUE), que dictamina que el Estado español incumple la normativa comunitaria al excluir a las trabajadoras del hogar de cotizar por desempleo.

En una sentencia pronunciada este jueves, el tribunal precisa que la legislación española impide a este colectivo que adquiera la protección social del paro, lo que deriva en una “desventaja clara” respecto a otros empleados que laboran desde los domicilios. Para el TJUE, las razones no están justificadas por factores objetivos y no son ajenos a razones de discriminación de sexo o género.

El tribunal se alinea con las denuncias de regular el sistema de seguridad social y las prestaciones por desempleo en España, conforme al respeto a la normativa comunitaria de la no discriminación, que fueron primeramente emitidas por un abogado general del TJUE en septiembre, quien alegó que se trata de discriminación por razón de sexo porque el 95 % de los trabajadores domésticos en España son mujeres, por lo que la legislación vigente “afecta negativamente a una proporción significativamente mayor de empleados de hogar de sexo femenino que de sexo masculino”.

El TJUE avala una denuncia de una trabajadora

Todo comenzó cuando una trabajadora doméstica acudió ante el Juzgado de lo Contencioso Administrativo nº 2 de Vigo para recurrir la prohibición de cotización de paro, después de que la Tesorería Nacional le haya denegado recibir las prestaciones de desempleo que ella y su empleadora solicitaron ante Seguridad Social.

Aunque la propia empleadora incluso asumiría el coste de las cotizaciones, la Tesorería declaró improcedente el proceso, debido a que la protección del sistema especial de seguridad social que ampara a los trabajadores el hogar no comprende la protección del desempleo.

Urge legislar

El Gobierno español y la Tesorería han denunciado que la legislación “no discrimina” sino que tiene una razón de ser, focalizada a mantener las tasas de empleo, detener el trabajo e ilegal y prevenir los fraudes al sistema. Estas respuestas han sido rechazadas por el TJUE. Aunque el tribunal reconoció que los objetivos trazados por España son “legítimos” desde el punto de vista de la seguridad social, considera que la legislación actual “no parece aplicarse de manera coherente y sistemática”.

En este sentido, el tribunal insta al Gobierno español para que inicie una regularización del sistema a través de una nueva legislación, que permita erradicar las trabas burocráticas que impiden que las trabajadoras adquieran el paro. @mundiario

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