¿Sabes qué te puede ocurrir si descargas el vídeo sexual de Santi Millán?

El humorista catalán, Santi Millán. / @santi_millan
El humorista catalán, Santi Millán. / @santi_millan
Las leyes españolas establecen diversas  sanciones para las personas que compartan, este tipo de contenidos filtrados en las redes sociales o en Internet. 
¿Sabes qué te puede ocurrir si descargas el vídeo sexual de Santi Millán?

Una vez más las redes sociales son testigos de un hecho que quebranta las leyes españolas. La filtración de un vídeo sexual que protagoniza el conocido humorista, Santi Millán es un claro ejemplo de esta afirmación, porque la justicia puede castigar con penas de cárcel a todo aquel que descargue, que le haga retuit o comparta este material con otros usuarios.

El Código Penal español establece penas de cárcel que van desde tres meses a un año. También los responsables podrán recibir un castigo en forma de multa por difundir material “sin autorización de la persona afectada, difunda, revele o ceda a terceros imágenes o grabaciones audiovisuales”.

La Vanguardia destaca además, que la Ley de Garantía Integral de la Libertad Sexual conocida como “solo sí es sí”, incorpora en esta clase de casos, la figura del cómplice, que también puede recibir un castigo en forma de multa o cárcel de uno a tres meses.

¿Qué ocurre si el contenido es divulgado por un servicio de mensajería instantánea?

La Agencia Española de Protección de Datos  (AEPD) entra en escena en este tipo de casos. Esta institución creada en 1992, ofrece herramientas gratuitas para denunciar "la publicación ilegítima en Internet de contenidos sensibles, sexuales o violentos, incluso sin ser la persona afectada, sin embargo no puede actuar cuando el material se difunde a través de correos electrónicos o en aplicaciones de mensajería instantánea como WhatsApp o Telegram,  porque es “casi imposible de controlar el recorrido del contenido'', pero de igual forma la organización habilita un Canal Prioritario, para todas aquellas personas que han sufrido la filtración de material multimedia en las redes sociales.

En la página web  de la AEPD dice lo siguiente, con respecto a este tema: “Este canal se ha habilitado para la atención de situaciones excepcionalmente delicadas, cuando los contenidos (fotografías o vídeos) tengan carácter sexual o muestren actos de agresión y estén poniendo en alto riesgo los derechos y libertades de los afectados, siempre que éstos sean personas españolas o se encuentren en España, especialmente si se trata de menores de edad o de víctimas de violencia por razón de género”. @mundiario

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