¿Deberían dispensarse en farmacias productos de puericultura y suplementos?
Poductos de puericultura y suplementos dietarios han adquirido mayor importancia sanitaria; por tanto deberían tener un marco legal para que su dispensa esté en manos de farmacéuticos.
Poductos de puericultura y suplementos dietarios han adquirido mayor importancia sanitaria; por tanto deberían tener un marco legal para que su dispensa esté en manos de farmacéuticos.
En varias oportunidades he vertido el mensaje que contempla a la farmacia profesional como un centro efector de salud y un factor esencial para hacer más saludable al sistema sanitario. En mi opinión, su rol es prioritario porque pone por encima de cualquier situación al paciente y su salud, en el que el medicamento es un bien social y no una mercancía con la que se debe lograr ganancias extraordinarias; es decir, que su utilización o consumo debe estar sujeto a una necesidad manifiesta. Estas premisas son las aristas que sustentan a una política farmacéutica seria y pensada en el bienestar del colectivo y en detrimento de algunos sectores que solo ven en el medicamento una forma de hacer negocios muy lucrativos. En una oficina farmacéutica encontrará un profesional universitario que ha sido especializado en el manejo integral de los fármacos y de aquellos productos relacionados al bienestar, prestando un servicio de utilidad pública. Al referirme a servicio hago hincapié en las acciones que impliquen estar a disposición del otro con la empatía del saber hacer: aplicando el conocimiento y la experiencia en favor de la salud de los usuarios, hechos que no son relevantes en un mercado, supermercado, shopping, etcétera.
En este contexto, cada farmacéutico de la Argentina articula su actividad profesional con las entidades colegiadas que lo representan, y en la Provincia de Buenos Aires contamos con la RPVF-Red Provincial de Vigilancia Farmacéutica- y la ANMAT –Administración Nacional de Alimentos, Medicamentos y Tecnología Médica-.
En ocasiones, la ANMAT ha difundido alertas que involucraron alimentos, medicamentos, productos cosméticos y otros. Por citar algunos ejemplos, mencionare el del lote (0133 Cl: 025223:43) de la leche maternizada Sáncor Bebé 2 en el que se encontró la presencia del microorganismo Cronobacter Sakazakii, o el del protector solar Dermaglos FPS 70 y la más reciente se corresponde con el suplemento dietario Huang He (Disposición de la ANMAT http://www.anmat.gov.ar/comunicados/Huang_He_16-07-15.pdf con fecha 16 de julio de 2015). En su composición se declara la presencia de Vitamina E, Panax Ginseg, Astrágalo, Esquizandra y Ginkgo Biloba, siendo elaborado por el Laboratorio Li Feng SRL, RNE: 02-033970. Los lotes cuyo retiro se dispone son los números 741, 745, 746, 760, 765 y 766.
En la composición de Huang He se encontró la sustancia Aminotadalafilo; según la legislación vigente no está autorizada para uso humano, y menos aún en suplementos dietarios. No es un producto natural, sino que se obtiene mediante síntesis química ejerciendo su actividad terapéutica por ser un inhibidor de la enzima fosfodiesterasa 5 (PDE-5). Al igual que su análogo Tadalafilo, se utiliza en el tratamiento de la disfunción eréctil. Es decir, que este producto tiene un alto potencial de ejercer efectos adversos graves sobre la salud de los consumidores, a tal punto que su retiro del mercado nacional ha sido categorizado como Clase I. Si nos enfocamos en esta situación veremos que actualmente es algo muy común de los suplementos dietarios. Estos suelen ser ofrecidos a través de publicidad engañosa, en lugares que no mantienen las mínimas condiciones de salubridad y con la finalidad de obtener una alta rentabilidad.
Esta demás subrayar que con estas alertas se pretende garantizar el cuidado, o mantener a resguardo, la salud de la población. En la Provincia de Buenos Aires son articuladas con el CFPBA y de allí a cada una de las farmacias de su extensa red sanitaria. Con este simple comentario podemos visualizar el rol esencial que cumple esta red farmacéutica, en la que en pocas horas dan una solución a un problema que podría traer consecuencias sumamente graves.
Llegado a este punto, y de manera inevitable, surgen algunas preguntas ¿Qué sucede con los supermercados o rubros similares que no cuentan con esta logística para recibir la información, así como de no disponer de un profesional que dará respuestas inmediatas?. La observación es simple y hasta resulta ordinaria, cualquier medicamento o producto relacionado con el bienestar o la salud debe ser manejado en el ámbito farmacéutico con el objeto de evitar riesgos palpables y visibles para la comunidad. Vuelvo a reiterar que los farmacéuticos bonaerenses integran y conforman la RPVF, un ente que permite supervisar alimentos, medicamentos, cosméticos y productos médicos que se comercializan en las farmacias, informando en tiempo real y en caso de necesidad realizando un corte inmediato a la problemática.
Por lo expresado, considero esencial seguir profundizando en este nuevo paradigma, el de la farmacia profesional, donde la salud integral de la comunidad está por encima de cualquier otro interés supremo; más aún si consideramos que no existe una normativa que le dé un marco legal a los alimentos, cosméticos, suplementos dietarios y a los productos de puericultura los que deberían ser canalizados exclusivamente por las farmacias, considerando la mayor importancia sanitaria que cada día van adquiriendo.