La ineficacia estatal, la Constitución y la entrada en la UE favorecieron a los capos del tabaco

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El Estado no reaccionó a tiempo en las rías gallegas.

Por extraño que parezca, la Constitución de 1978 jugó a favor de los contrabandistas al impedir que los tribunales administrativos pudieran imponer penas aflictivas; es decir, de privación de libertad. Y además, se tardó en tipificar como delito el contrabando industrial de tabaco.

La ineficacia estatal, la Constitución y la entrada en la UE favorecieron a los capos del tabaco

El éxito de la serie televisiva Fariña y la propia publicidad gratuita que el secuestro ha proporcionado el libro en el que está inspirado (y que estoy leyendo) ha vuelto a relanzar la viaja historia de cómo se instaló en Galicia el contrabando industrial de tabaco, reconvertido a partir de los años 80 en narcotráfico a gran escala.

Personalmente, me ha impulsado a recuperar mi viejo archivo de periodista en aquellos años y todo cuanto escribí al respecto primero en Faro de Vigo y luego en La Voz de Galicia y volver a visionar el programa La Clave, del 3 de diciembre dedicado al contrabando de tabaco, fecha en que se puso en marcha la gran redada (coincidiendo con dicha emisión, en la que yo fui uno de los contertulios) que luego dio lugar al sumario 11/84 con casi cien contrabandistas implicados y que fue finalmente archivado, curiosamente, gracias a la entrada de España en la Unión Europea.

Desde mi propia perspectiva, sostengo que en gran medida, por no decir en toda, fue el propio Estado, por su falta de previsión y por la lenidad de las leyes en vigor sobre el contrabando quien propicio el fenómeno del contrabando de tabaco a gran escala y su posterior transformación, aprovechando una estructura sólidamente asentada, capaz de introducir impunemente cualquier género en el país por la costa de Galicia o del Norte de Portugal.

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El viejo capo Manuel Charlín.

 

Coincido básicamente con el relato de “Fariña”, salvo algunos matices.

Lo que benefició a los capos

Y en este sentido, de cómo se desarrolla el proceso, quisiera hacer estas consideraciones:

1.- El contrabando de tabaco no estaba tipificada como delito, sino como falta administrativa. Los contrabandistas colocaban en el mercado una cuota de tabaco rubio que llegó a superar el veinte por ciento de las ventas de Tabacalera de las mismas labores. Las diversas bandas colocaban su cuota en el mercado, recaudaban en lugar del Estado y lo hurtaban por tanto al Tesoro. Gracias a una red de testaferros eran insolventes. En el peor de los casos, si el Servicio de Vigilancia Aduanera capturaba algún cargamento no tenían otro quebranto que la pérdida del alijo, ya que caso se imponérsele multas no pagaban ninguna, por ser insolventes.

2.- Por extraño que padezca, la Constitución de 1978 jugó a favor de los contrabandistas el impedir que los tribunales administrativos pudieran imponer penas aflictivas; es decir, de privación de libertad. La Ley Orgánica de 13 de julio de 1982 vino a cubrir el vacío legal que se había producido por imperio del art. 25.3 de la CE. Según este artículo no cabe la imposición de penas privativas de libertad por la comisión de infracciones administrativas. Por tanto, cuando un contrabandista se declaraba insolvente no existía posibilidad de actuación alguna contra él, salvo que viniera a mejor fortuna. Esta Ley Orgánica tenía, por lo tanto, que cambiar la naturaleza de las infracciones, que ahora pasaban a ser verdaderos delitos.

3.- Al amparo de esta impunidad se desarrolla el negocio a escala creciente. Cuando el Estado reacciona y tipifica como delito el contrabando ya es tarde. Una serie de abogados sin escrúpulos se ponen a disposición de las mallas. No sólo Pablo Vioque, secretario de la Cámara de Comercio de Villagarcía, sino curiosos personajes, como un tal Cudeiro, de la Peña América del Rey (una tertulia de personas relacionadas con uno de los primeros viajes de Juan Carlos I a América). Este Cudeiro llega a viajar a Suiza, donde reside el empresario Patrick, mayorista suministrador de los capos gallegos, a través de puertos holandeses, a quien muestra un álbum de fotos con el Rey, para demostrar su capacidad e influencia. De este modo, logra una parte del negocio: unos abogados defenderán a los contrabandistas si son capturados y otros a las empresas de los barcos nodriza.

4.- La entrada de España en la Unión Europea actuó a favor de los contrabandistas. Y dio en tierra con el sumario 11/84, de la gran redada del 83. Los contrabandistas, refugiados en Portugal, pudieron regresar tranquilamente y sin cargos a gozar de su fortuna. Entre los episodios más polémicos de aquellos días figura la entrevista que un grupo de ellos, en un hotel de Vilanova da Cerveira, fueron recibidos por el entonces presidente de la Xunta Gerardo Fernández Albor. Este se justificó diciendo que fue sorprendido en su buena fe, cuando su secretaria le dijo que había un grupo de gallegos que querían saludarlo. Como periodista que seguía estos asuntos en aquellos años siempre creí que al asunto fue preparado con la colaboración de una personal desleal del entorno del presidente, sin que éste lo supiera de antemano. Lo cierto es que algunos de los históricos del contrabando eran partidarios de Fraga y que incluso, antes de la construcción del puente, el líder del PP llegó a viajar a la isla en la lancha de un conocido capo.

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Pablo Vioque, de abogado a capo.

 

De contrabando a movimiento de mercancías

Con respecto al modo en que los capos salieron bien parados, Pedro Rodríguez López (Coordinador del Área de Control y Regulación del Mercado en el Comisionado para el Mercado de Tabacos) explica:

“La configuración de la Unión Europea como un mercado interior establecida en el Acta Única Europea ha traído consigo la libertad de circulación de mercancías sin que queden sometidas éstas a controles como consecuencia del cruce de las fronteras interiores. […] Con la consagración del mercado único, la aduana española ha dejado de actuar como frontera fiscal para el tráfico con otros Estados miembros de la Unión Europea. El desafío fundamental del mercado único en este campo consiste en compatibilizar las facilidades dadas al libre movimiento de mercancías con la necesidad de mantener la efectividad del esfuerzo en la represión del contrabando”

 

Y eso, aplicando el principio de que cuando una ley cambia, se aplica el contenido más favorable a las personas que afecte sobre la situación anterior, el trasiego del tabaco de contrabando, desde puertos holandeses a Galicia dejó de considerarse contrabando sino movimiento de mercancías dentro de la Unión. El sumario 11/84 fue archivado. Ni los abogados del Estado ni los fiscales quisieron tomarse el trabajo de actuar en contra de los delitos conexos, desde el tráfico de divisas, en todo caso, a la apropiación del impuesto de lujo que lleva la renta del tabaco.

La red estaba montada y funcionaba con eficacia, los beneficios a buen recaudo; la corrupción extendida (incluidos puestos complejos de la Guardia Civil y alto funcionarios de Aduanas). Y con probada eficacia la malla criminal se reconvirtió al narcotráfico, más rentable. @mundiario

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