Hay elementos esenciales de un contrato que son comunes en cualquier país

Las palabras se las lleva el viento pero los papelitos firmados siempre hablan.

En la antigüedad, cuando dos personas hacían un trato, bastaba tan solo la palabra del otro y un buen apretón de manos para dar por hecho el acuerdo y su cumplimiento.

Hay elementos esenciales de un contrato que son comunes en cualquier país

En la antigüedad, cuando dos personas hacían un trato, bastaba tan solo la palabra del otro y un buen apretón de manos para dar por hecho el acuerdo y su cumplimiento. Sin embargo, poco a poco, con los crecimientos comerciales y demográficos, el contrato escrito fue asumiendo un papel más preponderante, recurriendo para su elaboración a la sofisticación y al lenguaje técnico (a veces inasequible); delegando su elaboración tan solo a los expertos  en la materia, de ahí que algunos se asustan cuando van a firmar un contrato o peor aún se inhiben de elaborar uno en sus diferentes relaciones (relaciones que producen efectos jurídicos obviamente).

Pero lo realmente cierto es que en la vida cotidiana todas las personas contratan, aunque muchas veces ni siquiera tenga conciencia de ello, casi de forma rutinaria y mecánica: cuando se compran unos zapatos, cuando se llena el tanque del vehículo, se va al salón de belleza, cuando cena en un restaurante etc., porque usted recibe un servicio o un bien, y a cambio paga una cantidad de dinero (obligación recíproca).  Un contrato tiene la finalidad de crear, modificar, o extinguir una obligación, puede una deuda nacer, transformarse, transmitirse o desaparecer, y este puede ser tanto verbal como escrito teniendo ambos el amparo de la Ley.

Debido a lo anterior, se ha observado como en las relaciones comerciales entre amigos o parientes por un asunto de “confianza” se recurre a este tipo de contrato verbal, cuando se presta un dinero, se alquila una casa, se dona un inmueble, etcétera. A esto es importante rescatar que aunque este es válido, un escrito siempre será mucho más recomendable, por un asunto de probidad legal en caso de desavenencias o incumplimiento de alguna de las partes, y para ello es necesario perderle el miedo y la vergüenza al contrato.

Pautas básicas de un contrato
Lo ideal sería que un experto jurista elabore el mismo, pero si por factores de dinero, tiempo o condiciones no es posible en el momento, tome su computador o incluso un papel y un lápiz y elabore un documento que exprese:
- El consentimiento. Derivado del derecho subjetivo al auto regulación de los propios intereses es decir la consecuencia de la autonomía de la voluntad privada.   
- Capacidad. Es decir capacidad jurídica y capacidad de actuar como ser mayor de edad no tener problemas  mentales etc.
- Un objeto. El vínculo jurídico de la prestación que no debe estar fuera del comercio humano, aun las futuras y servicios que no sean contrarios a las leyes o a las buenas costumbres, como compraventa, arrendamiento, etc.
- Causa. En los contratos onerosos (como la compraventa), se entiende por causa, para cada parte contratante, la entrega o promesa de una cosa o servicio por la otra parte; en los de pura beneficencia (Ej. el de donación), la mera liberalidad del bien.

 

Estos son “elementos esenciales” donde no importa el país, siempre serán los mismos: la capacidad, el consentimiento, el objeto y la causa.; pero también se pueden incluir elementos accidentales como el plazo, las condiciones, formas de pago, etcétera. Y no menos importante, trate que sus contratos sean siempre con testigos. Y listo, "el contrato es ley entre las partes", al firmar, tendrá usted un mayor respaldo legal de la ejecución del convenio donde al haber nacido válidamente, se convierte en irrenunciable, y las obligaciones originadas por el contrato válido no se pueden modificar unilateralmente.

Anímese, no debe ser nada elaborado, pero si que se constate el negocio o compromiso a realizar;  recuerde que las palabras se las lleva el viento pero los papelitos firmados siempre hablan.

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Fuente doctrinaria: V. Calatayud, "Las Obligaciones Civiles".

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