Prórroga en las medidas de alquiler de las viviendas

Edificios. / Pixabay
Edificios. / Pixabay

Muchas personas preocupadas ante su situación podrán contar con un amparo según el cual los contratos de alquileres se prorrogarán de manera automática, hasta que termine el estado de alarma.

Prórroga en las medidas de alquiler de las viviendas

No se podrán hacer modificaciones legales de ningún tipo. Esto incluye modificación en las fianzas, rentas u otras, incluso si el contrario expire, lo cual es un respiro para quienes se encuentran alquilaos y están preocupados respecto a su situación.

La pandemia no ha hecho nada fácil. El escenario para todos es incierto y no es de fácil determinación por parte de los involucrados, pero finalmente parece llegar una medida que ponga todo en su justa balanza.

Este martes, el Gobierno llevará al Consejo de Ministros una prórroga concerniente a las medidas de alquilar de viviendas, tal como ya se ha hecho saber en algunos medios. Hasta ahora, se sabe que los contratos de alquiler continuarán su vigencia, siguiendo los términos en los que fueron prescritos.

El caso de los propietarios pequeños

Para los pequeños propietarios, los contratos de alquiler gozarán de una prórroga que se dará de forma automática –un tema que ya preocupaba a muchos-, y esto durará hasta que culmine el estado de alarma que atraviesa el país.

En cuanto a ello, las fianzas ni las rentas se podrán modificar, incluso si el contrario ya ha expirado. Pues, tal como se ha enfatizado, mientras dure el estado de alarma, los precios de alquileres se mantendrán, así como las mismas condiciones que aparecen estipuladas en los contratos iniciales, ya que mantendrán su vigencia.

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Aunque esta medida se tenía prevista para el 21 de agosto del año que corre en curso, se ha extendido hasta el 30 de septiembre; en principio se comentó que sería hasta el 31 de enero de este año; no obstante, dada la situación, ahora la propuesta es extenderlo hasta que se termine el actual estado de alarma.

¿Qué pasará con los grandes propietarios?

En el caso de los grandes propietarios, es decir, aquellos que tienen más de 10 inmuebles alquilados, el Ejecutivo también considera aplicar una moratoria que permita aplazar de forma temporal y extraordinaria el pago de la renta, siempre que exista un consenso entre el arrendador y el arrendatario.

En aquellos casos en los que no exista un acuerdo, entonces al arrendador se le impondrá una rebaja de hasta un 50 % de la renta, u otra opción. En general, se plante, o una reducción de un 50 % por de la renta, hasta por cuatro meses, o una moratoria en el pago, pero que no puede ser superior a los cuatro meses.

Todas estas medidas se contemplan en esta circunstancia excepciones que vive, tanto el país como el mundo entero, en medio de esta pandemia. @isbeliafarias90210 en @mundiario

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