Esto es todo lo que necesitas saber sobre la ley de protección de la infancia

Maltrato infantil. / RR SS.
Maltrato infantil. / RR SS.
La conocida como ley Rhodes ha recibido la bendición del Congreso y ahora continuará el trámite en el Senado. Estas son todas las claves de la pionera norma. 
Esto es todo lo que necesitas saber sobre la ley de protección de la infancia

El Congreso de los Diputados ha aprobado este jueves el proyecto de ley orgánica de protección de la infancia y la adolescencia contra la violencia. La norma, bautizada como 'ley Rhodes' y que busca garantizar los derechos de los niños y adolescentes frente a cualquier forma de violencia, ha salido adelante gracias a una mayoría absoluta superior a la que necesitaba y ahora aterrizará en el Senado para continuar su tramitación de urgencia. 

Estas son todas las claves para entender la norma con la que España ha dado un paso al frente en la lucha por la protección de los derechos de los niños: 

> Un plazo mayor para la prescripción de delitos. La ley pretende acabar con la impunidad de los delitos graves contra menores, como la pederastia, por lo que establece un plazo mayor para la prescripción de los abusos a niños: comenzará a contar cuando la víctima tenga 35 años, y no a los 18, como está estipulado ahora. 

En la práctica, esto significa que los delitos no caducarán hasta que las victimas tengan al menos 40 años, y, en los casos más graves, hasta los 55. El ajuste en los tiempos busca dar más tiempo a las víctimas, que suelen tardar mucho en procesar lo ocurrido y animarse a denunciar. 

> Deber de denuncia. De acuerdo con el texto aprobado,  todo ciudadano que advierta indicios de violencia estará obligado a comunicarlo a las autoridades, o a la policía, si hay riesgo de delito. Además, los propios menores podrán denunciar sin necesidad de estar acompañados de un adulto.

> Única declaración. La normativa prevé que la prueba preconstituida para los menores de 14 años y las personas con discapacidad necesitadas de especial protección sea obligatoria. Esto significa que las víctimas solo deberán declarar una vez y que el testimonio será grabado durante la fase de instrucción del proceso judicial, por lo que los testimonios juicios quedan reservados a un carácter excepcional. 

Por regla general, las víctimas solo declararán ante la policía en una ocasión, siempre ante profesionales formados. Otra clave es la creación de unidades policiales especializadas en las comunidades autónomas y entidades locales. La asistencia jurídica gratuita para las víctimas de delitos violentos graves también queda establecida. 

> Derecho a ser escuchados. El texto garantiza que los menores que denuncian serán escuchados “sin límite de edad” en todos los procesos administrativos, judiciales o de otra índole relacionados con la acreditación de la violencia y reparación de las víctimas, expone El País. El derecho se extiende a los procesos de separación o divorcio, en los que los niños (si tienen madurez suficiente) deberán tener voz antes de adoptar decisiones que les afecten.


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> Juzgados especializados. La ley Rhodes emplaza al Gobierno a  remitir, en un año tras su entrada en vigor, un proyecto de ley a las Cortes para crear juzgados capacitados en violencia contra la infancia y la adolescencia.

En el ámbito civil, se constituirá una jurisdicción especializada en infancia, familia y capacidad. Otro proyecto de ley que regule la especialización de la Fiscalía, el entrenamiento de los equipos técnicos de los juzgados y la formación específica para jueces y quienes trabajen habitualmente con menores, son otras de las responsabilidades que deberá asumir el Ejecutivo. 

> Adiós al síndrome de alienación parental. El País subraya que los poderes públicos deberán tomar las medidas necesarias para “impedir” que puedan ser tomados en consideración “planteamientos teóricos o criterios sin aval científico que presuman interferencia o manipulación adulta, como el llamado síndrome de alienación parental”, por el cual se entiende que un progenitor, normalmente la madre, interfiere en los hijos en contra del otro progenitor, al que los niños acaban rechazando. 

Esta es una de las claves más polémicas de la ley, ya que dicho “síndrome” no está reconocido por la Organización Mundial de la Salud (OMS) y las asociaciones feministas reclaman su prohibición.

> Violencia machista, agentes de autoridad, educación afectivo-sexual y protocolos. La norma modifica la ley de violencia de género para que además se reconozca la violencia que, “con el objetivo de causar perjuicio o daño a las mujeres”, se ejerce sobre familiares o allegados menores de edad. Asimismo, se incluye un nuevo artículo que protege a los menores que viven en entornos familiares marcados por la violencia de género; se prohibirán las custodias compartidas si durante el procedimiento el juez aprecia indicios de violencia machista; y se retirará la patria potestad a los penados por homicidio o por asesinato (si el autor y la víctima tuvieran hijos en común o respecto a otros hijos cuando la víctima fuera hija del autor). 

Los funcionarios de servicios sociales tendrán ahora la categoría de agentes de autoridad, por lo que podrán requerir la colaboración de las fuerzas de seguridad, los servicios sanitarios y cualquier servicio público necesario para su intervención.

En el ámbito educativo, la norma establece que en todas las etapas, independientemente de la titularidad del centro, se recibirá una educación que incluya el respeto a su dignidad y sus derechos, la igualdad de género, diversidad familiar, educación alimentaria y nutricional y educación afectivo sexual. 

> Registro de víctimas,  nuevos delitos a través de internet y permisos penitenciarios

La norma entrará en vigor acompañada de un registro central de información sobre violencia contra la infancia. Quienes promuevan el suicidio, autolesión o trastornos alimenticios entre menores o la comisión de delitos de naturaleza sexual contra menores serán castigados. Y cambian las condiciones para el acceso al tercer grado de los condenados por delitos sexuales contra menores de 16 años: no podrán acceder a él hasta cumplir la mitad de la pena. 

> Pruebas para determinar la edad. Tras la aprobación de la ley, el Gobierno tendrá un plazo de un año para proceder al desarrollo normativo del procedimiento para determinar la edad de los menores que lleguen al país sin documentación, “de modo que se garantice el cumplimiento de las obligaciones internacionales contraídas por España”. @mundiario 

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