En el aborto están en juego el derecho a la vida y el derecho a la libertad de elección

El ministro Alberto Ruiz-Gallardón.
El ministro de Justicia de España, Alberto Ruiz-Gallardón.

Muchos países consideran que el derecho a la libertad prima sobre el derecho a la vida, lo cual resulta poco aceptable para todos los seguidores del principio 'in dubio pro vida'.

En el aborto están en juego el derecho a la vida y el derecho a la libertad de elección

Aborto proviene del latín abortus y es definido por el diccionario de la RAE como: “Interrupción del embarazo por causas naturales o deliberadamente provocadas”.

 

La doctrina jurídica sostiene que al ser humano, por su propia condición de persona, le son inherentes varios derechos esenciales llamados derechos humanos, que al ser reconocidos por un determinado país o región se les denomina derechos fundamentales. Retomamos así la segunda parte del análisis jurídico sobre el aborto en el mundo, ya iniciada en MUNDIARIO.

Hoy en día, y en el mundo entero, existen diversas situaciones y acontecimientos en los que convergen muchos derechos fundamentales al mismo tiempo, donde es casi imposible escoger algunos sin violar otros. Este es el caso del aborto, donde se concentran básicamente el derecho fundamental de la vida vs. derecho fundamental de la autonomía de la voluntad (o libertad de elección).

Ante esto, es menester dejar claro que los derechos fundamentales no son absolutos. Así  lo declara el propio Tribunal Constitucional español. Lo que significa que las colisiones entre éstos, como ocurre en el aborto, no pueden resolverse mediante un orden lexicográfico de los mismos, sino por medio de la ponderación. En otras palabras, analizar y salvaguardar el derecho más importante.

El derecho a la vida

Con el aborto, desde civilizaciones antiguas, existía la tesis legal de que esta práctica violentaba el derecho a la vida, pues el feto ya era persona, hecho que actualmente el derecho mismo lo ratifica. Por ejemplo, la Convención sobre los Derechos del Niño, aprobada por ley Nº7184 en 1990, en el artículo 6 reconoce la personalidad del no nacido y en el párrafo 2 del preámbulo señala que no se puede hacer distinción por razón alguna, entre las que menciona "el nacimiento". Más adelante cita la Declaración de los Derechos del Niño de 1959, que otorga "debida protección legal, tanto antes como después del nacimiento". Y la Declaración Universal de Derechos Humanos en su artículo 3 dice que “todo individuo tiene derecho a la vida, a la libertad y a la seguridad de su persona”.

Esto ha motivado que países como El Salvador, República Dominicana, Chile y Malta prohíban absolutamente el aborto, partiendo de que la interrupción del embarazo en cualquier etapa violenta la vida de un ser al que se le debe protección estatal desde antes del nacimiento. Consideran además en estos casos que el derecho a la vida es el más importante de cualquier ordenamiento, pues sin la existencia humana es un sin sentido hablar de derechos y libertades para el ser humano.

El derecho a la libertad

Por otro lado, muchos otros países del mundo han considerado que el derecho a la libertad prima sobre el derecho a la vida misma, lo cual resulta poco aceptable para todos los seguidores del principio in dubio pro vida. Este es el caso de España,  que bajo este amparo legal, desde el año 2010 – aunque en 1985 existía una  ley anterior- introdujo en su ordenamiento jurídico la famosa ley de plazos para el aborto: “Ley Orgánica 2/2010 de salud sexual y reproductiva y de la interrupción voluntaria del embarazo”. Con ella ha creado la despenalización de la práctica del aborto inducido durante las primeras 14 semanas del embarazo; donde la mujer puede optar por abortar sin mayores restricciones y libremente,  pero además la ley contempla este mismo derecho para mujeres de 16 y 17 años, bajo un régimen aplicable a las mujeres mayores de edad, cuando alegue que esto le provocará un conflicto grave, amenazas, coacciones, malos tratos, o se produzca una situación de desarraigo o desamparo.

Según The University of Maryland Medical Center (UMMC), en las semanas 11 a 14 del embarazo, los párpados del bebé están formados, así como la cara, las extremidades, los glóbulos rojos ya se producen en el hígado, el tamaño de la cabeza corresponde casi a la mitad del tamaño del bebé; este ya puede empuñar los dedos, los genitales aparecen bien diferenciados y aparecen los brotes dentarios para los dientes del bebé. Esto significa que un feto a las 14 semanas ya es un bebé, ya es una vida humana, la cual se supone que debe proteger y conservar el Estado. Por el contrario, la Ley de España avala el desechar estas vidas por libre decisión.

Es en ese este contexto en el que personas contrarias al aborto casi libre se preguntan si puede pasarse por alto el derecho más importante de todo ordenamiento: el derecho a vivir, ya que cabe el riesgo de que se fomente con ello un espíritu irresponsable y egoísta en algunas embarazadas.

Lo más importante

Lo trascendental, en definitiva, es el asunto de la ponderación entre el derecho a la vida y el derecho a la libertad de elección, los cuales pueden ser derechos fundamentales pero no absolutos. El peso del derecho a la vida sí es innegable.

En la actual legislación española, que el Gobierno de Mariano Rajoy (PP) quiere modificar este mismo año, el derecho a la vida podría estar en riesgo. También se cuestiona que se le otorgue tanta capacidad de decisión a jóvenes adolescentes, cuando está en juego la vida de un individuo.

No solo hay dudas sobre la ponderación  de los derechos, sino que además se critica la cesión de decisiones a individuos con capacidades cognitivas y volitivas que a veces son ambivalentes y mutables.

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