Cursos de formación para tener perros y otras 8 claves de la ley de protección animal

Un hombre paseando a un perro. / Mundiario
Un hombre paseando a un perro. / PxFuel.

El borrador de la Ley de Protección Animal contempla multas que van desde los 600 a los 600.000 euros en los casos más graves.  

Cursos de formación para tener perros y otras 8 claves de la ley de protección animal

La primera ley estatal de protección animal da sus primeros pasos. El borrador del anteproyecto del Ministerio de Derechos Sociales, en información pública desde hoy y que podría llegar al Consejo de Ministros el próximo noviembre, prevé prohibir la venta de mascotas en tiendas, establecer un registro de personas inhabilitadas para tener animales de compañía o acabar con el sacrificio animal en toda España, entre otras medidas más polémicas.

Estas son las claves para entender la norma que se espera que entre en vigor el 1 de enero de 2023:

Eutanasia solo si está justificada

El texto elaborado por la Dirección General de Derechos de los Animales, que depende del Ministerio de Servicios Sociales, establece que el sacrificio de animales solo se permitirá si está justificado: el único fin debe ser evitar el sufrimiento del animal y debe realizarse bajo control veterinario.

Así, el sacrificio quedará prohibido en centros de protección animal, públicos o privados; y en clínicas veterinarias o zoológicos por otros motivos a los contemplados en la ley (cuestiones económicas, carencia de plazas, abandono del dueño, etc.)

Perros no más de 24 horas solos

Si la reforma a la ley de protección animal finalmente sale adelante, quedará prohibido en España dejar sin supervisión a cualquier animal de compañía durante tres días consecutivos y, en el caso de la especie canina, este plazo no podrá ser superior a veinticuatro horas consecutivas.

Curso de formación 

Lo futura norma obligaría a las personas titulares o responsables de los perros a realizar previamente “un curso de formación acreditado para la tenencia de perros”, cuyo contenido se determinará reglamentariamente.

Prohibida la venta de mascotas en tiendas

Los animales de compañía (excepto los peces) desaparecerán de las tiendas de mascotas. Todos. Sin excepción.

Con la nueva ley los ejemplares solo podrán ser comprados a los criadores oficiales. Aunque los expertos ya avisan de que “para ser criador solo es necesaria una formación básica en bienestar y salud animal”. El objetivo de este punto es claro: eliminar a los criadores piratas y frenar la comercialización de ejemplares importados de los países del Este en unas condiciones desconocidas.

Cría profesional

El anteproyecto sugiere que la cría estará exclusivamente limitada a los profesionales registrados. Asimismo, se limitará el número de camadas dependiendo de las necesidad de núcleos zoológicos y establecimientos, todo ello "supeditado a un control veterinario". En esa línea, se prohibirá, por ejemplo, la cría cuando haya más de un 25% de cosanguinidad en los animales o cuando haya enfermedades genéticas.

Los particulares, por su parte, no podrán tener más de cinco animales en su hogar y quienes quieran tenerlos deberán registrarse como núcleos zoológicos. En el caso de que un particular cuente con cinco o más mascotas cuando se apruebe la ley, no estará fuera de la ley pero no podrá adquirir más.

Uno de los puntos más polémicos de la ley establece que si varios ejemplares de distinto sexo que se puedan reproducir conviven juntos los dueños serán obligados a esterilizar a las mascotas.

 

Circos, ferias, terrazas…

No se podrá emplear a fauna salvaje en los circos; mascotas en atracciones de ferias o dejar a las animales de forma permanente en terrazas, trasteros, sótanos o vehículos. Los perros pastores o los que vigilen fincas o empresas pueden estar supervisados con tecnología GPS o con cámaras de videovigilancia.

Registro de personas inhabilitadas para tener animales

En total se crearán seis registros con la nueva norma: de animales de compañía, de núcleos zoológicos, de criadores, de profesionales del comportamiento animal, de entidades de protección animal y de inhabilitados para pertenencia de animales.

Este último punto hace referencia a un registro estatal donde se inscriba la identidad de las personas físicas o jurídicas, inhabilitadas penal o administrativamente para el ejercicio de profesión, oficio o comercio relacionado con animales, así como para la tenencia de animales, de acuerdo con El País.

“Se trata, sobre todo, de evitar que si un profesional como un veterinario está inhabilitado durante ocho años, pueda ejercer en ningún lugar de España”, subraya  Sergio García Torres, director general de Derechos de los Animales. 

Adiós al listado de perros peligrosos

El listado de perros potencialmente peligrosos, que actualmente incluye a especies como los Pit Bull Terrier, Staffordshire Bull Terrier, American Staffodshire Terrier, Rottweiler, Dogo Argentino, Fila Brasileiro, Tosa Inu o Akita Inu, desaparecerá.

El borrador del texto prevé que todos los perros sean evaluados en una prueba de validación para saber si el animal es de manejo especial o no, independientemente de su raza.

Animales, evacuados en caso de catástrofe

La nueva normativa obligaría a que los planes de emergencia de las comunidades autónomas concreten cómo serán evacuados los animales  en casos de riesgo como el incendio de Ávila o la erupción del volcán de La Palma.

El anteproyecto se dirige a las mascotas y deja fuera a las especies de producción de alimentos u otros ejemplares de origen animal, a la ganadería y la tauromaquia. El borrador de la Ley de Protección Animal contempla multas que van desde los 600 a los 600.000 euros en los casos más graves, además de medidas accesorias para los incumplimiento que pueden derivar en el decomiso del animal y su entrega a una entidad de protección. @mundiario

Comentarios