Como agregar nuevos beneficiarios a la Seguridad Social

Médico.
Médico.
Toda persona que esté asegurada al sistema de seguridad social de España, puede afiliar a otro, siempre que se cumplan cualquiera de las premisas siguientes.
Como agregar nuevos beneficiarios a la Seguridad Social

A través de la Seguridad Social, se reconoce y garantiza la asistencia sanitaria a todos los trabajadores, pensionados y asegurados. También, el derecho es de familiares y dependientes de los titulares, conocidos como beneficiarios. Si quieres añadir nuevo beneficiario a la Seguridad Social tienes que seguir las indicaciones que te daremos a continuación.

Dar de alta a un beneficiario a la seguridad social

Toda persona que esté asegurada al sistema de seguridad social de España, puede afiliar a otro, siempre que se cumplan cualquiera de las premisas siguientes:

> Ser cónyuge o pareja de hecho estable del asegurado.

> Un ex-cónyuge o bien expareja de hecho, siempre y cuando se compruebe la separación judicial, con la que nace el derecho a percibir la pensión compensatoria de parte del asegurado.

> Ser descendiente del asegurado o un familiar que dependa del asegurado. Vale mencionar que, en este caso, el beneficiario tiene que ser menor de 26 años o bien, que presente una discapacidad igual o superior a 65%.

Otras personas a las que puedes inscribir en el sistema de seguridad social son:

> Menores de edad que estén bajo tutela leal de la persona asegurada o de su cónyuge. Aquí entran hijos de la pareja, aun cuando estos se hayan separado. Por supuesto, en este caso, hay que comprobar la unión que ha terminado y la relación del menor de edad.

> Menores no emancipados que estén a cargo del asegurado.

> Menores que convivan con el asegurado, aunque estén separados por motivos de estudio, trabajo y demás circunstancias.

> Mayores de edad y menores no emancipados que no dependan económicamente del asegurado, siempre y cuando tengan una renta anual de más del doble del importe del IPREM (Indicador Público de Renta de Efectos Múltiples).

> Hermanas y hermanos del asegurado.

No se puede incluir como beneficiarios a personas que ya se encuentren bajo la condición de asegurado. Además, el ciudadano debe residir en España o que, por condiciones personales, tenga que entrar al país de forma frecuente o que esté a cargo del desplazamiento de una empresa, fuera del territorio nacional. Encontrarás más información al respecto en clavepinasesor.com.

Proceso para dar de alta a un beneficiario

El trámite de inscripción de un beneficiario se hace por cualquiera de las vías que ha dispuesto el Instituto Nacional de la Seguridad Social. Actualmente, ya puedes hacerlo vía telemática, en el portal de Tu Seguridad Social. Para esto, tendrás que disponer de un certificado o cl@ve que te ayuda a realizar el proceso por internet desde cualquier dispositivo.

Para agregar un nuevo beneficiario a tu seguridad social, podrás hacerlo por cualquiera de los medios que te mencionamos a continuación.  

> Ingresar al portal Tu Seguridad Social y acceder a tu perfil con usuario y cl@ve. En el caso de no contar con estos datos, tendrás que usar el método de autenticación previa.

> En el portal Tu Seguridad Social, usando el usuario y cl@ve de un representante certificado.

> Solicitando cita previa en el Centro de Atención e Información de la Seguridad Social, o bien por correo postal ordinario, usando la Dirección Provincial del INSS o ISM con jurisdicción en tu residencia.

> Quienes no tienen identificación previa, puede hacer el proceso directamente en las Oficinas del INSS.

¿Cómo dar de alta a un beneficiario?

Teniendo en cuenta que son muchos los que no tienen el certificado digital, se debe rellenar el formulario digital del representante autorizado o tutor institucional. O bien, se puede hacer el proceso mediante un apoderado legal que realice el registro electrónico de apoderamiento. Lo bueno es que todos los procesos están disponibles vía online, haciendo más fácil inscribir a un beneficiario.

En cualquiera de los casos, se debe comprobar la relación que se tiene con el asegurado. Pero antes, se debe comprobar cuál es el estatus de este ante el INSS. Tal información la puedes encontrar en La Oficina de Información de Asistencia Sanitaria Pública o en la Sede electrónica del INSS.

Vale recordar que los beneficiarios tendrán los mismos derechos de atención sanitaria que el asegurado. Por eso, dar de alta a una persona ante el sistema de seguridad social como beneficiario es un beneficio que no deberías desaprovechar, brindándole calidad de vida a tus seres queridos.

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