Certificados de defunción: cómo solicitarlos, tipos e información de interés
Efectuar correctamente este trámite legal no es algo complejo, pero conviene saber unas cuantas cosas de antemano.
Llega un momento de nuestra vida en el que, precisamente, deja de serlo. Por más que nos pese, no somos eternos y nuestro paso por el mundo es algo que tiene fecha de caducidad. Fallecemos como cualquier ser vivo y, por desgracia, ni por esas nos libramos de causar un trámite burocrático más: el certificado de defunción.
Los certificados de defunción son los documentos oficiales que acreditan el fallecimiento de una persona. Esto es, si por cualquier motivo alguien fallece y esta documentación no se rellena, a efectos legales es como si siguiera viva; aunque la realidad sea completamente opuesta. Cumplimentarlos es un paso obligatorio y normalmente doloroso para familiares o conocidos, pero completamente necesario para evitar posibles problemas a posteriori.
Hay varios métodos para solicitarlos y presentarlos. El primero, y más tradicional, es el presencial. En este caso, el encargado o encargada del trámite debe personarse en el Registro Civil donde estuviera inscrito el fallecido y presentar su DNI (el del interesado), además de indicar nombre y apellidos junto con el lugar y la fecha del fallecimiento. Después, es necesario concretar qué tipo de certificado se desea (literal, extracto o negativo; de los que hablaremos más adelante). Otra opción, infinitamente más cómoda, es realizar el procedimiento por internet. Solicitar un certificado de defunción online no requiere personarse en ninguna oficina, tan solo conectarse a la red de redes y cumplimentar los diferentes pasos requeridos por la correspondiente delegación. Tras esto, el certificado llegará por correo ordinario al domicilio o la dirección indicada por el solicitante. Aquí es de recibo hacer un pequeño paréntesis, ya que hay entidades que se ofrecen a realizar los pertinentes trámites por ti, ahorrándote esperas, colas, desplazamientos y llamadas; y con la total garantía de recibir el certificado en tu correo de forma segura, como es el caso del portal: https://www.certificadodelregistrocivil.es
Incluso, si por las peores circunstancias esta defunción se ha dado en el extranjero, también se comprometen a agilizar el proceso para que te suponga el menor problema posible. De la misma manera que si el solicitante ha nacido en España y actualmente reside fuera. Todo sea por facilitar las cosas a los que tienen que tomar medidas en estas situaciones de tan poco agrado para cualquiera.
La tercera vía, de la que no hemos hablado anteriormente, tiene todas las papeletas de quedar obsoleta en poco tiempo. Se trata de la solicitud por correo tradicional. Enviando una carta al Registro Civil en la que se indique con total claridad el nombre y la dirección postal a la que se tenga que enviar el certificado, este puede obtenerse. Aunque, claro está, hay que indicar también más datos que son necesarios: nombre, apellidos y DNI del solicitante; nombre y apellidos del fallecido junto con lugar y fecha del fallecimiento. De nuevo, como en la opción presencial, hay que indicar el tipo de certificado. Y ahora sí, vamos a proceder a explicarlos:
> Literal
El certificado de defunción literal se trata de una copia, literal, de la inscripción de fallecimiento. Contiene todos los datos sobre la identidad de la persona fallecida y todos los detalles necesarios para determinar la defunción con exactitud, tanto con fecha como con lugar.
> Extracto
El extracto es un resumen de la información relativa al fallecimiento registrada en el Registro Civil. Dentro de esta opción, hay varios tipos:
- Ordinario: escrito en castellano para las comunidades autónomas donde sea el único idioma oficial.
- Internacional o plurilingüe: conformado para ser válido en todos los países que ratificaran el Convenio de Viena del 8 de septiembre de 1976. Se expide en el idioma oficial de todos los países firmantes del convenio.
- Bilingüe: emitido en castellano y en el idioma oficial de la comunidad autónoma donde se expida. Pensado para aquellas que tengan su propia lengua, como el catalán o el euskera.
> Negativo
El objetivo de estos certificados es, simplemente, acreditar que el fallecimiento de una persona no está inscrito en el pertinente Registro Civil. Suelen efectuarse cuando, por el motivo que sea, la defunción no ha sido registrada y quiere constatarse.
Por norma general, cualquier ciudadano que lo requiera puede solicitar el certificado de defunción. Hay ciertas excepciones, pero son tan concretas y anómalas que es difícil formar parte del grupo que no tiene permiso para llevar a cabo este trámite legal.
Con todo esto, ya sabes todo lo que hay que saber en caso de necesitar solicitar esta documentación y hacer todo este trámite. No es de los procesos con más burocracia con los que puedas toparte, pero saber de antemano qué es necesario y cómo puede efectuarse es algo que nunca está de más; aunque nadie quiere verse en la situación de tener que acudir al Registro Civil para rellenar algo así.