Los asesinos al volante de la Argentina y la ausencia de justicia

Lugar del accidente de la tresalgarrobense Leonela Noble
Lugar del accidente de la tresalgarrobense Leonela Noble.

Entre la disputa de lo que expresa la ley y lo que verdaderamente se aplica está el llanto de las familias que imploran por una verdadera justicia.

Los asesinos al volante de la Argentina y la ausencia de justicia

Cada año, en distintos puntos de la Argentina, muere una importante cantidad de personas en accidentes de tránsito con el triste o lamentable complemento de que son pérdidas que pudieron haber sido evitadas.

Entre los tantos o miles que ocurren, puedo marcar la historia de Juan Fernández, quien tenía antecedentes penales y estaba en libertad condicional, por haber matado a un vecino por una bordeadora; este manejó su auto como un arma, con un total desprecio por la vida, chocando el frente de un kiosco y causando la muerte a la kiosquera y a un nene de 7 años que iba a comprar huevos de pascua; la de Leandro Vera, de 15 años, que murió luego de que el vehículo en el que viajaba fuera impactado por otro, conducido por Alberto Mareco, que corría picadas en pleno centro de Río Gallegos; la periodista Lourdes Ferrando, atropellada junto a sus amigos por un conductor en estado de ebriedad; la de Diego Jaramillo por un sujeto que no habría respetado la señalización de pare y que conducía a alta velocidad; o el más doloroso para nosotros, los tresalgarrobenses, el de Leonela Noble, de 22 años,  quien fuera embestida en el barrio porteño de Recoleta por el taxista, Rubén Darío Botta, quien circulando por la avenida Santa Fe en contramano, y a alta velocidad, terminó con su vida en el cruce con Montevideo. Según los peritos murió en el acto mientras transitaba por el lugar en plena hora pico.

Por citar nombres propios, estas son algunas de las pérdidas cuyos familiares se encuentran en una búsqueda permanente de una justicia, o mejor dicho mendigando que incluya la prisión para los conductores imprudentes que les arrebataron a sus seres queridos. Estos familiares, en su mayoría, han conformado  grupos y tras su dolor han visto a los acusados de las muertes ser demorados en las comisarías por un breve lapso de tiempo y luego recuperar su libertad permitiéndose llevar una vida como si nada hubiese ocurrido. Este constante reclamo para que se cambien las leyes y/o endurezcan las penas no ha sido escuchado ni por los jueces ni por el poder político quienes no han implementado, o siquiera intentado, un sistema que lleve a disminuir los casos o al menos a que quienes han producido semejante perdida se hagan, verdaderamente, responsables.

Los acusados de las muertes son demorados en las comisarías por un breve lapso de tiempo y luego recuperan su libertad permitiéndose así llevar una vida como si nada hubiese ocurrido.

En este punto tan crucial es donde muchos, por no decir todos, buscamos respuestas o como explicar el ¿por qué una persona que mata no cumple condena?

Según lo que pude investigar, el Código Penal determina delitos culposos o dolosos, cuya diferencia radica en el grado de intencionalidad del autor del hecho punible. En el dolo existe una voluntad deliberada a cometer un delito conociendo su carácter delictivo, es voluntad maliciosa o interpretación maliciosa de una acción; mientras que en el comportamiento culposo no ha habido intención en la comisión del acto, se ha realizado inconscientemente o por accidente; es decir, uno tiene la intención directa de provocar la muerte y el otro no. De allí que cruzar un semáforo en rojo o no respetar una señalización ocasionando una muerte es sancionado por la ley con una escala penal reducida, por eso aplican la excarcelación.

Para más data, en el artículo 84 del Código Penal, sustituido por el artículo 1° de la Ley N° 25.189 -28/10/1999-, habla de “será reprimido con prisión de seis meses a cinco años e inhabilitación especial, en su caso, por cinco a diez años el que por imprudencia, negligencia, impericia en su arte o profesión o inobservancia de los reglamentos o de los deberes a su cargo, causare a otro la muerte. El mínimo de la pena se elevará a dos años si fueren más de una las víctimas fatales, o si el hecho hubiese sido ocasionado por la conducción imprudente, negligente, inexperta o antirreglamentaria de un vehículo automotor”.

Finalmente, para el caso de Leonela Noble, el asesino logró la excarcelación.

Ahora, el punto a analizar es si el conductor tuvo, o no, la intención de matar y es interesante evaluar si hubo dolo eventual, un concepto teórico que, a los fines prácticos,  es como el homicidio simple. Es decir, y para este caso puntual, quien conduce el vehículo lo hace con un objetivo determinante para su propio interés (podría ser escapar del choque a la moto). A Rubén Darío Botta, probablemente, le interesaba alcanzar un objetivo sin importarle quién se le cruce en su camino, quizás su intención  era escapar a una nueva multa (recordemos que reconoció tener, entre 2005 a 2013, nueve multas -por exceso de velocidad y por pasar semáforos en rojo-) y no contempló en lo absoluto la probabilidad de ocasionar el desastre que produjo (un muerto y 5 heridos). En el dolo eventual la ley (Art. 79) castiga como en el homicidio simple y la pena va de 8 a 25 años, y no es excarcelable.

Por otra parte, si analizamos el suceso y otras expresiones vertidas en los medios de comunicación donde se manifestó que Rubén Darío Botta padeció una hipoglucemia y que, además, en su declaración, reconoció que omitió decir que era diabético al sacar el registro profesional por temor a que no le den la licencia, es evidente que tuvo, desde el vamos, una actitud de indiferencia o de desprecio por la vida en torno a la probabilidad de producir un hecho de estas características y menos aún previsión en el resultado, situaciones que hacen, a mi entender, al dolo eventual.

Para concluir, vale subrayar que entre la disputa de lo que expresa la ley y lo que verdaderamente se aplica está el llanto de las familias que imploran por una verdadera justicia, que han sido destruidas por un accionar imprudente, viciado de indiferencia, insensatez y falta de empatía por lo que es imprescindible invitar desde toda óptica a proteger y preservar la vida, condenando la cultura de la muerte llevada adelante por estos personajes.

Crónica del accidente

El taxi Ford Focus (a), conducido por Rubén Darío Botta, que  circulaba por Avenida Santa Fe (una de las más importantes de la ciudad) cruza un semáforo en rojo en la esquina de Paraná, choca a una moto en la rueda trasera y se da a la fuga, a contramano, rozando a un colectivo; en esa huida desenfrenada, al llegar a Montevideo, cruza otro semáforo en rojo y un segundo taxi (b) lo embiste por el costado. El taxi (a) sale despedido y es golpeado por segunda vez por un tercer taxi (c) que circula por Santa Fe; este último es quien lo envía sobre la vereda arrollando a cinco personas a quienes les produjo heridas de distinta consideración, más la muerte de Leonela Noble.

Crónica del accidente en el que fallece la tresalgarrobense Leonela Noble
La Nación, Clarín y TN.

 

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