Las razones de los sindicatos policiales contra la merma de la seguridad

cargas-policia-via-laietana-1572120043557 [640x480]
Cargas cuerpo a cuerpo en una manifestación. / Twitter.
El Tribunal Constitucional, salvo en las grabaciones a los agentes en acción, no cuestionó la Ley de Seguridad. 
Las razones de los sindicatos policiales contra la merma de la seguridad

Los medios que apoyan al Gobierno se han apresurado a considerar que las manifestaciones multitudinarias de los sindicatos y las organizaciones que representan a las fuerzas y cuerpos de la seguridad del Estado no tienen razón de ser ni los temores que las han provocado, y citan a favor de las modificaciones que más preocupan a policías y guardias civiles, la sentencia del Tribunal Constitucional de noviembre del pasado año sobre la Ley de Seguridad Ciudadana, omitiendo el dato que dicha sentencia respaldó la mayor parte de su contenido, empezando por las devoluciones en caliente.

La sentencia desestimó así la mayoría de las impugnaciones del recurso de inconstitucionalidad presentado por 97 diputados del PSOE; 11 de Izquierda Plural y Chunta Aragonesista; 4 de Unión Progreso y Democracia (UPyD) y 2 del Grupo Mixto del Congreso de los Diputados. Fue rechazado el artículo relativo a las grabaciones "no autorizadas" a las fuerzas y cuerpos de seguridad del Estado, de modo que declaró la inconstitucionalidad del inciso "no autorizado" del artículo 36.23 de la ley, que prevé como infracción grave el uso sin ese visto bueno de imágenes o datos personales o profesionales de las autoridades o de dichos miembros.

Según dicha sentencia eran constitucionales las sanciones por infracción grave en los disturbios de protestas frente a las Cámaras legislativas o el rechazo en frontera de los extranjeros que intenten entrar ilegalmente, por considerar que se ajusta a la doctrina del Tribunal Europeo de Derechos Humanos, si bien condicionaba que tales acciones se realizasen  con las garantías que a las personas extranjeras reconocen las normas, acuerdos y tratados internacionales ratificados por España, debiendo ser reales y efectivos los procedimientos de entrada legal en territorio español. El primer comentario sobre esta sentencia la hizo el portavoz de Podemos en el Congreso, Pablo Echenique, quien dijo enfáticamente que daba igual por esa ley la iban a derogar.

La ley es interpretable

Una ley es interpretable. De ahí que los jueces puedan hacerlo desde diversas perspectivas. De eso se sabe mucho en el Tribunal Supremo de los Estados Unidos, donde raras son las sentencias por unanimidad, y donde los enfoques y controversias enriquecen como en pocos estamentos jurídicos ese mismo debate y se imponen las interpretaciones mayoritarias.

¿Tienen razón los sindicatos y organizaciones policiales que se acaban de manifestar en Madrid al expresar sus temores a que la derogación de determinados aspectos de la Ley ponga en riesgo sus vidas, los prive de autoridad, les imponga actuaciones imposibles, desarme la fiabilidad de sus testimonios, permita que cualquier sea haga dueño de la calle sin avisar, se les prive de medios eficaces para combatir el desorden público y otros riesgos? ¿Acaso no es un aviso la creciente violencia y destrozos y estragos en el mobiliario urbano que acabamos de ver en toda España en las concentraciones a favor de los botellones o lo ocurrido en Cataluña contra las sentencias del procès?

En su acuerdo con Podemos de 2019, aquel que decía que “nunca pactaré con el populismo”, Pedro Sánchez se comprometió a derogar la llamada “Ley Mordaza”. Y como suele decir “Yo cumplo mi palabra” (aunque sea a veces). Las organizaciones policiales, como se sabe, argumental que la modificación de la ley hará aumentar la "inseguridad" no solo para los agentes sino para toda la población. Pero el Gobierno afirma que el objetivo de la reforma es evitar abusos policiales en sintonía con las demandas de Amnistía Internacional. Los policías arguyen que las reformas despojan a los agentes de autoridad, sus testimonios se colocan bajo sospecha y, sobre todo, que la difusión de imágenes de actuaciones de los agentes pone en riesgo sus vidas y la libre ocupación de la calle sin aviso previo los privarán de capacidad de respuesta frente a los tumultos.

El principio de veracidad

Pero una de las cuestiones, a mi entender, más substanciales, es la desaparición del principio de veracidad de los agentes, cuyas actas dejarán de estar avaladas por dicho principio y serán interpretadas sólo como veraces, "siempre que resulte coherente, lógica y razonable". ¿Eso supone que en la práctica el testimonio de un agente estará al mismo nivel que el del presunto delincuente? ¿Cómo y quien calibrará eso?

¿Y con qué medios se van a enfrentar los agentes que hayan de intervenir en disturbios públicos como los conocidos que sean suficientes y eficaces? Las reformas de la Ley aluden al desarrollo de “protocolos específicos, de acuerdo con los estándares internacionales, sobre el uso de la fuerza y la utilización de material antidisturbios", se lee en la enmienda, y se pide además que se utilicen "siempre los medios menos lesivos para las personas y evitando aquellos que causen lesiones irreparables". Los agentes entienden que la desaparición de algunos recursos actuales los abocan al enfrentamiento cuerpo a cuerpo, cuya experiencia ha costado ya graves lesiones que dejaron incapaces para el servicio recientemente en los episodios de Cataluña, frente a quienes se enfrentan a ellos con piedras o hasta con fuego.

5e2b16058447f.r_1579888753722.107-0-1188-721 [640x480]

Policía. / RR SS. 

¿Cómo se va a conciliar el Derecho a la libre circulación de los ciudadanos con el de manifestación no comunicada? ¿Qué se entiende, en qué circunstancias y en qué grado se debe entender lo que es la "rápida expresión ante un acontecimiento de indudable repercusión social que no admita demora"? La experiencia, sobre todo de este tipo de manifestaciones en el Pais Vasco y Cataluña pareciera aconsejar cierta prudencia. Los defensores de la reforma argumentan que las actuaciones limitaciones reprimen el derecho a reunión pacífica, que han sido criticadas por organizaciones internacionales de Derechos Humanos. Conviene recordar que los socios de Gobierno asumen enmienda presentada sobre un texto impulsado por el PNV es que solo deberán comunicarse las manifestaciones de eventos previstos y previsibles. O sea, incluidos los “homenajes espontáneos a los etarras”.

Los que apoyan al Gobierno

Los partidarios de la reforma de la Ley, que se expresan de manera razonada en medios como La Vanguardia o El País, argumentan que las organizaciones convocantes de las manifestaciones deberían leerse con detenimiento las propuestas y que el Gobierno ha anunciado que se mantendrán sin la menor duda. E invocan a su favor, de modo parcial la sentencia del Constitucional sobre el uso “no autorizado” el riesgo que supone para los agentes la difusión de imágenes sobre sus actuaciones. Pero la incongruencia viene dada porque la misma ley que cuestiona la veracidad de los testimonios de los agentes, prevea que "la situación de peligro o riesgo cierto generada (por la difusión de imágenes), deberá reflejarse en el acta o en la denuncia con el mayor detalle que sea posible". ¿En qué quedamos?

Por otro lado, los sindicatos policiales afirman que los agentes no tendrán tiempo suficiente, debido a las cargas de trabajo que ya soportan, para cumplir con el plazo máximo de dos horas del que dispondrán, que se reduce de las seis horas actuales para la identificación de los detenidos, si bien es cierto que, en la nueva difusa redacción, ese plazo podrá ampliarse a las seis horas actuales. Otro asunto relativo a convertir a los policías en taxistas en cuanto a la devolución de los detenidos, no deja de ser curioso que la nueva ley establece que los traslados serán obligatorios si la persona lo solicita y si se ha producido en "localidad distinta a la del requerimiento del acompañamiento". Y añade: "Siempre que el traslado no afecte gravemente al funcionamiento efectivo de los servicios".

Creo que, a la luz de la experiencia, un asunto tan delicado, en su conjunto, debe ser seriamente estudiado para no producir consecuencias irreversibles. Conviene recordar que anular la llamada “Ley Mordaza” fue parte del paquete del acuerdo de 2019 de Pedro Sánchez con quien dijo que nunca pactaría: Podemos. Y que lo que ahora se propone el Gobierno es también parte del conjunto de contramedidas que ha de pagar a sus diversos consocios, desde el PNV a Bildu para seguir con tranquilidad en la Moncloa. 

Comentarios