El Supremo estima que Puigdemont es "elegible" pero reenvía la causa a los juzgados de Madrid

Carles Puigdemont, expresidente de la Generalitat de Cataluña. / @JuntXCat
Carles Puigdemont, expresidente de la Generalitat de Cataluña. / @JuntXCat

El Supremo indica que la situación de rebeldía en la que se encuentran el líder catalán, junto con Comín y Ponsatí, no impide que el expresidente de la Generalitat  y los exconsellers opten a un cargo público por elección popular. Advierte de que "no figura" entre las causas que contempla la Ley Orgánica del Régimen Electoral General.

El Supremo estima que Puigdemont es "elegible" pero reenvía la causa a los juzgados de Madrid

El Tribunal Supremo estima que Carles Puigdemont, Antoni Comín y Clara Ponsatí pueden presentarse como candidatos a las próximas elecciones al Parlamento Europeo. Los cinco magistrados que integran la Sala de lo Contencioso-Administrativo del Supremo consideran que los líderes catalanes, pese a estar fugados de la justicia española desde hace más de año y medio, tienen derecho a mantener su candidatura de cara a los comicios del próximo 26 de mayo.

El auto emitido este domingo por el Supremo, indica que la situación de rebeldía en la que se encuentran Puigdemont, Comín y Ponsatí no impide que el expresidente de la Generalitat de Cataluña y los exconsellers opten a un cargo público por elección popular. El órgano judicial advierte que "no figura" entre las causas que contempla la Ley Orgánica del Régimen Electoral General (Loreg).

Sin embargo, el Supremo ha acordado "por unanimidad" devolver la resolución sobre la causa de la candidatura de los dirigentes catalanes a los juzgados de Madrid, sobre los cuales había recaído los recursos de estos. Será la justicia ordinaria, pues, la encargada de resolver de inmediato esos recursos, luego de que los jueces del Supremo hicieran constar en su decisión que no contemplan "causa de ineligibilidad", o dicho de otra manera, no ven impedimento en que Puigdemont, Comín y Ponsatí sean candidatos a los comiciones europeos.

Recordemos que este sábado el juzgado de lo Contencioso-Administrativo número 2, junto con los 9 y 21, resolvieron elevar a la Sala Tercera del Tribunal Supremo la decisión sobre el recurso presentado por el Puigdemont y los exconsellersc ontra el acuerdo -a principios de semana- de la Junta Electoral Central (con fecha 29 de abril) de excluir sus candidaturas europeas. La JEC consideró entonces que la candidatura del líder catalán es una "burla" a la ley, señalando que, además de presentarse a las elecciones pese a estar huídos de la justicia española, ninguno de los dirigentes cumple la normativa electoral de ser residentes de las localidados donde están inscritos. @mundiario

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