¿Quiénes son el sujeto activo del pretendido derecho a decidir en Cataluña?

Tots som catalans.
¿Tots som catalans?

“Si el asunto de la secesión de Cataluña -la unidad de España- se pone a votación, quiero ser, por lo menos, como los pakistaníes que viven en Cataluña”, comenta este periodista.

¿Quiénes son el sujeto activo del pretendido derecho a decidir en Cataluña?

¿Se puede imaginar alguien que exista algún país en el mundo donde los residentes extranjeros, legal o ilegalmente asentados, además de ser objeto de todos los derechos y prestaciones sociales (sin cumplir el deber esencial de estar legalmente en el país), puedan llegar a decidir la ruptura de ese mismo Estado que los acoge, de quebrantar su unidad territorial y, por tanto, el orden constitucional vigente al resolver segregar una parte del territorio donde ellos se asientan?

Es evidente de que ni en Pakistán, ni en Marruecos, ni en Senegal esto sería posible; pero se pretende que lo sea en España. La suicida entrega de Zapatero con respecto a la reforma de Estatuto de Cataluña (“Manden lo que quieran, que en Madrid se aprobará”), y la meliflua actitud de Rajoy, que juró defender la Constitución y que debería, a mi entender, ser más contundente, permite que el problema que tenemos delante siga creciendo, mediante los sucesivos desafíos o y desprecio del Estado que cada mañana se cocina en aquella comunidad.

El 'derecho a decidir'

Al margen de la cuestión de fondo, una buena pregunta es quiénes son o se pretende que sean los sujetos de ese “derecho a decidir” (a decidir, qué) que se otorgan a sí mismos algunos catalanes. Aparte de que la soberanía recae sobre el conjunto del pueblo español, y no por cuotas, podemos hacer el siguiente recuento.

Tal y como se plantean las cosas, la condición de “catalán” se vincula a un determinado periodo de residencia (legal o no, que ya se vería) en el territorio de aquella comunidad. Como todo el mundo sabe, los españoles gozamos de nacionalidad, en cuanto a nuestra condición de tales (por el ius soli, ius sanguinis o naturalización); poseemos una determinada vecindad civil según la comunidad autónoma de donde residamos, en función de la cual nos es aplicable el Derecho Foral propio de la región, o el Derecho Civil común, según los casos (están además los usos y las costumbres, como en el matrimonio, los catalanes se casan por lo general en régimen de separación de bienes, en tanto los gallegos lo hacemos en régimen de gananciales). Luego tenemos domicilio o residencia habitual y también, coincidente o no con la anterior, domicilio fiscal.

Paradojas

En España, la necesidad de disponer de recursos para atender a las avalanchas de extranjeros entrados en el país, ilegalmente asentados, hizo que los ayuntamientos empadronasen a todo el mundo sin distinciones, hasta producir la paradoja de que devengan en sujetos de derechos sin deber alguno. No nos engañemos.

El concepto de catalán podría, por tanto, residenciarse en los habitantes de Cataluña, allí asentados desde un determinado periodo. En este caso, avergüenza la hostilidad que algunos los catalanes digamos “de estirpe” han mostrado verbalmente a los llegados en aluvión de otras regiones de España, conocidos como “charnegos”. Pero es peor que muchos de estos trasplantados o sus hijos asumen las ideas del nacionalismo más radical y destilan sus objetivos, renegando de su propio origen. Son, como todos los conversos, los peores.

Nuria de Gispert i Catalá, presidenta del Parlamento de Cataluña, afirma que Cataluña es milenaria. Como si no lo fueran Castilla o Galicia… o el resto de Hispania. Pero lo más curioso es que se sitúa el nacimiento de Cataluña a todos los efectos en el periodo Carolingeo; es decir, en la “Marca hispánica de Carlomagno”. Y borran todo lo anterior, como si antes de la llegada de los francos trasplantados para crear los condados tapón frente al Islam no estuvieran allí los hispanogodos, y antes los hispano romanos, y antes los romanos, los iberos y los griegos.

Pero echemos una ojeada al mapa de Cataluña: Barcino, Barcelona; Tarraco, Tarragona; Gerunda, Girona; Llerda, Lleida; Emporiae, Empúries; Iluro, Matar; Egara, Terrassa; Ausa, Vic; Baetulo, Badalona; Aquae Calidae, Caldes de Montbui; Blandae, Blanes; Lesso, Guissona; Dertosa, Tortosa… O sea, que esta parte de la historia de Cataluña no cuenta. Debe de ser una invención de Madrid.

Milenaria

Cataluña es milenaria desde los condados francos. Y por lo tanto, según Nuria Gispert, digo yo, se debería restringir el derecho a decidir a los catalanes que pudieran demostrar de modo fehaciente ser descendientes de aquellos primeros “charnegos”.

Así que puestos a construir una identidad nacional para Cataluña borremos a fenicios, iberos y griegos; hagamos desaparecer a romanos y visigodos y quedémonos con el periodo Carolingeo y las etapas de expansión feudal y condal. Habrá que retocar la historia del Reino de Aragón, suprimir la Cataluña bajo los Trastámara; condenar a los Reyes Católicos y los Austrias y maldecir a los Borbones. En este caso, retocando la historia para convertir una guerra civil en una guerra contra Cataluña. Claro que en el mismo lote, aquellos descendientes de los francos van a mostrar sentimientos antifranceses cuando arribarán nuevas oleadas de sus primos del Norte. Y bien que alzara Cataluña como el resto de España frente a la invasión napoleónica, por cierto, aunque en otras etapas los antecesores de Mas y sus epígonos no dudaran en pretender ser acogidos por Francia. Que de todo hubo.

Ya que hablamos de historia recordemos un dato: “El Estado catalán de Companys duró 10 horas”. El Estado catalán de Mas no debe durar ni un segundo. Así de claro. Y eso no quiere decir que los otros problemas se discutan y resuelvan con sosiego, pero sin privilegios o asimetrías; pero si el asunto de la secesión de Cataluña -la unidad de España- se pone a votación, yo quiero ser, por lo menos, como los pakistaníes que viven en Cataluña.

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