Puigdemont y otros cinco encausados por el ‘procés’, suspendidos como diputados

Fachada del Tribunal Supremo. / Archivo
Fachada del Tribunal Supremo. / Archivo

El juez va a comunicar la suspensión "automática" de los seis diputados a la Mesa del Parlament, a la que insta a "adoptar las medidas precisas" para ejecutar esta resolución.

Puigdemont y otros cinco encausados por el ‘procés’, suspendidos como diputados

El juez del Tribunal Supremo Pablo Llarena ha acordado este martes dar por terminada la investigación abierta sobre el procés y ha ordenado suspender de funciones a Carles Puigdemont, Oriol Junqueras y los otros cuatro diputados procesados por rebelión que están en prisión: Raül Romeva, Jordi Turull, Josep Rull y Jordi Sànchez.

En un auto, según informa El País, Llarena deja en manos del Parlament la posibilidad de que los diputados suspendidos sean sustituidos temporalmente por otros de sus respectivas candidaturas (Junts per Catalunya y ERC). Una vez dada por cerrada la investigación, Llarena pierde la competencia sobre la causa, de la que a partir de ahora se hace cargo la sala que juzgará a los líderes independentistas, previsiblemente, a finales de 2018 o principios de 2019.

La resolución de Llarena suspendiendo a la cúpula del procés responde la aplicación del artículo 384 bis de la Ley de Enjuiciamiento Criminal (Lecrim), que prevé la suspensión automática para ejercer cargo público de los procesados por rebelión sobre los que se haya decretado la prisión provisional.

En un auto notificado este martes, Llarena defiende la aplicación de este artículo como una medida cautelar “de naturaleza pública y extraordinaria” que persigue preservar el orden constitucional “impidiendo que personas que ofrecen indicios racionales de haber desafiado y atacado de forma grave el orden de convivencia democrática mediante determinados comportamientos delictivos, entre los que se encuentra el delito de rebelión, puedan continuar en el desempeño de una función pública de riesgo para la colectividad cuando concurren además en ellos los elementos que justifican constitucionalmente su privación de libertad”.

Los afectados son el exvicepresidente Oriol Junqueras, los 'exconsellers' Raül Romeva, Jordi Rull y Josep Turull, y el expresidente de la Assamblea Nacional Catalana Jordi Sànchez. También se suspende al huido Carles Puigdemont, pero no a Toni Comín, al que se permite recurrir el auto de procesamiento, ante sus quejas relativas a que no estaba personado en la causa. La medida no afecta a Meritxell Serret, nombrada recientemente delegada del Govern ante la Unión Europea, ya que no fue procesada por rebelión. El juez también le da la opción a ella de recurrir el procesamiento.

Llarena recuerda que, a diferencia de lo que ocurre con una condena por inhabilitación, el artículo 384 bis contempla solo una medida de eficacia provisional y explica que la suspensión quedaría sin efecto si finalmente se atribuye a los procesados otro delito que no sea la rebelión o si se revoca la prisión provisional y salen en libertad. Por ello, considera que los diputados ahora suspendidos no tienen por qué renunciar de manera definitiva a su escaño para que sus grupos parlamentarios se aseguren la mayoría en la Cámara, sino que existe la posibilidad de que pueden ser sustituidos por otros diputados de forma temporal.

A partir de ahora, Llarena pierde la competencia respecto a los investigados. La conclusión afecta solo a los procesados que se encuentran en España a disposición del juez. Respecto a los que están huidos (Puigdemont, Comín, Lluis Puig, Meritxell Serret, Clara Ponsatí, Marta Rovira y Anna Gabriel), el juez ha acordado en otro auto declararlos en rebeldía y, en aplicación del artículo 842 de la ley procesal, se suspende el curso de la causa respecto a éstos, que quedarán en otra pieza separada mientras no se encuentren a disposición del juez instructor. @mundiario

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