Los pleitos y los plazos del Gobierno de Sánchez

Caricatura de Pedro Sánchez. / Anamaría Tudorica
Caricatura de Pedro Sánchez. / Anamaría Tudorica
El próximo 4 de junio se encienden de nuevo las máquinas de los tribunales de justicia, con el alzamiento de los plazos procesales suspendidos desde el 14 de marzo. Pedro Sánchez está en el punto de mira.
Los pleitos y los plazos del Gobierno de Sánchez

Distintos despachos de abogados de Madrid están preparando demandas, querellas y denuncias contra el Gobierno de Pedro Sánchez. Al rebufo del coronavirus  los letrados atisban indiciarios  delitos en la conducta de los ministros, perjuicios reparables por acciones u omisiones del ejecutivo socialista y condenas al pago de suculentas indemnizaciones a cargo del erario público. Son los pleitos  a los que el Gobierno se enfrentará en la  "nueva normalidad" .

La primera y la última palabra la tendrán así los juzgados y tribunales. Soportamos ya una copiosa legislación administrativa de la Covid-19, que amenaza con adulterar nuestro "límpido" ordenamiento jurídico. Desde el marco constitucional, con el  famoso RD 463/2020 que inauguró el estado de alarma, hasta cientos de órdenes y resoluciones menores que han ido regulando las más insospechados vicisitudes jurídico-legales  del desarrollo de la pandemia. Este bosque normativo va a exigir un permiso de trabajo de desbroce a la hora de enfrentarnos a los pleitos del Gobierno. Por no olvidar, el millón de denuncias, aún en trámite administrativo, para sancionar incumplimientos y relajamientos a del confinamiento domiciliario por parte de los ciudadanos.

El próximo 4 de junio se encienden de nuevo las máquinas de los tribunales de justicia, con el alzamiento de los plazos procesales suspendidos desde el 14 de marzo. Está paralización en el cómputo y eficacia de la actividad jurisdiccional podría dar lugar a interpretaciones mas o menos desafortunadas que conduzcan a contravenir el principio de tutela judicial efectiva, al obstaculizar el acceso y desarrollo de los  procesos anteriores  de la entrada en vigor de la declaración de alarma sanitaria. Es incuestionable que el "legislador" de excepción no ha pretendido modificar el régimen del cómputo de los plazos determinados por meses o años, tal como se interpretan por la  jurisprudencia, pero la redacción de la norma puede provocar desagradables sorpresas  a más de un letrado, por incorrección de la lógica y gramatical de sus preceptos. Hay que estar tranquilos y  confiar que no podrá admitirse cualquier interpretación que lleve a limitar aquellos plazos que ahora revivirán .

Otra cosa muy diferente es que vayan a prosperar los pleitos contra el Gobierno,  que se gratinan   en los potentes hornos de las cocinas del foro madrileño. @mundiario

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