¿Hay obsolescencia de las normas que regulan el acceso de los partidos a los medios?
En tiempo de elecciones la comunicación política adquiere, como es natural, una especial relevancia. Sin duda la información que más llega a los ciudadanos-electores es la que se difunde en los medios de comunicación como la radio y la televisión. Los propios candidatos ordenan sus agendas para difundir los mensajes electorales en función de las programaciones televisivas. Propaganda e información se entremezclan de forma indisoluble, complicando los instrumentos que los sistemas electorales adoptan para garantizar la libertad de expresión de las distintas ofertas políticas.
Para aplicar las reglas relativas a la asignación, distribución y ejercicio de los espacios electorales durante la campaña electoral en los medios públicos de comunicación se facultan a diversos órganos independientes para llevar a cabo esta tarea. En países como Reino Unido, Estados Unidos, Francia e Italia es una autoridad independiente de la comunicación, la autorizada para distribuir y gestionar los espacios mediáticos que corresponden a los candidatos o partidos políticos para hacer propaganda durante la campaña. Mientras, en Alemania y España es la propia autoridad electoral la encargada de esta labor, en nuestro caso, las juntas electorales, y muy singularmente la junta electoral central.
Sobre los referentes del derecho comparado podemos hablar de dos modelos de regulación de la información electoral: un modelo de comunicación “liberalizado”, y un modelo de comunicación de “responsabilidad social.”
En el denominado modelo liberal se señalan los mínimos a lo que deben someterse tanto los medios como los contendientes, de tal suerte, que se pueda otorgar una igualdad de acceso y tratamiento. A su vez, el modelo de responsabilidad social esta más preocupado por el establecimiento de un marco normativo que detalle las reglas para el acceso a los medios de comunicación.
No basta con reconocer una libertad de expresión política sino que es necesario materializar sus garantías a través de un conjunto de reglas que permitan un ejercicio real y eficaz. Es decir, que los ciudadanos puedan acceder a una pluralidad de contenidos a través de diferentes medios de comunicación con posicionamientos ideológicos diversos.
La decisión de encomendar a las autoridades independientes, ya sea electoral o de la comunicación, el manejo absoluto de la prerrogativa de acceso a los medios puede dar lugar, por la obsolescencia de las normas o por su deficiente regulación, a situaciones que chirrían con el mismo sistema electoral. Al legislador corresponde la tarea de ajustar el marco normativo a la realidad social y política del momento, y al organismo arbitral el control del proceso y evitar los fraudes a que pueda conducir una aplicación mecánica de la norma. @mundiario