Moción de censura a la Sala 2ª del Tribunal Supremo

Fachada del Tribunal Supremo. / Archivo
Fachada del Tribunal Supremo. / Mundiario
¿Asistiremos a algún gesto de reconocimiento de los graves errores cometidos o tendremos que conformarnos con una versión actualizada del viejo tic franquista de que “Europa no nos comprende”?
Moción de censura a la Sala 2ª del Tribunal Supremo

Resulta habitual utilizar las comparaciones como un instrumento relevante para fundamentar los propios argumentos. Para defender la pertinencia de un determinado punto de vista no se duda en recurrir a un silogismo comparativo aparentemente convincente aun sabiendo que las situaciones o los acontecimientos poseen un contexto que impide, en rigor, la equiparación absoluta que se postula.

Sirva este prólogo genérico para aludir a un asunto de gran importancia sucedido en los últimos días: la sentencia del Tribunal de Justicia de la UE estableciendo que Oriol Junqueras debería de haber tomado posesión de su escaño en el Parlamento europeo después de haber sido elegido en los comicios del pasado mes de mayo. Mírese por donde se mire, el Tribunal de Luxemburgo ha cuestionado totalmente la decisión tomada por la Sala Segunda del Tribunal Supremo (por no permitir que el líder de ERC pudiese acudir a la Junta Electoral Central para hacer efectiva su condición de europarlamentario y por no haber aguardado a la resolución de la cuestión prejudicial que el propio Tribunal Supremo planteó).La situación en la que queda la Sala presidida por Manuel Marchena no puede ser más incómoda: la máxima instancia judicial europea establece que los derechos políticos de Junqueras -y de sus votantes- han sido ignorados por estos magistrados españoles.

Regresemos, por un momento, a las comparaciones. ¿Qué se diría si una decisión judicial afirmase que tal o cual dirigente político incumplió su deber de respetar todos los derechos de sus administrados? No es complicado imaginar la reacción: los partidos adversarios y buena parte de la opinión publicada habrían solicitado el inmediato abandono de sus responsabilidades públicas por parte de los afectados.

Han sido muy pocas las voces que han colocado en el centro del análisis de la decisión del tribunal de Luxemburgo el grave error cometido por Manuel Marchena y el resto de los magistrados de la Sala. Durante los últimos meses, ha habido un poderoso clima ambiental en virtud del cual la posición tomada por el Tribunal Supremo en el juicio a algunos dirigentes independentistas catalanes no podía merecer dudas o reproches acerca de la calificación jurídico-penal de los hechos encausados.

La sentencia del Tribunal de Justicia de la UE ha roto parcialmente la infalibilidad que se ha creado en torno a la Sala Segunda del TS. ¿Asistiremos, en consecuencia, a algún gesto de reconocimiento de los graves errores cometidos o tendremos que conformarnos con una versión actualizada del viejo tic franquista de que “Europa no nos comprende”? @mundiario

Suso Veiga

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