Mentiras sobre la protección jurídica de las mujeres frente a la violencia machista

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Imagen de una campaña contra la violencia de género.

La expansión de determinadas mentiras sobre la protección jurídica de las mujeres víctimas de la violencia machista exige argumentación sólida, y científica y perspectiva de género. El discurso negacionista de Vox, reproducido en parte por el líder del PP, requiere poner en orden las falsedades.

Mentiras sobre la protección jurídica de las mujeres frente a la violencia machista

Los extremistas y negacionistas, al estilo de Bolsonaro, Trump, Abascal o, últimamente, Casado están propagando mentiras sobre la protección jurídica de las mujeres frente a la violencia machista. Ya que no estamos siendo capaz de cooperar eficazmente con el movimiento feminista, lo mínimo que podemos hacer los hombres es combatir estas falsedades a pie de calle y de debate mediático.

El discurso negacionista de Vox, reproducido parcialmente por el líder del PP, Pablo Casado, requiere poner en orden algunas de las falsedades que algunos, huérfanos de toda formación sobre cuestión de género, parecen creer a  fuerza de su goebelliana repetición.

No es cierto que la legislación anti violencia machista invierta la carga de la prueba y obligue a los hombres a demostrar su inocencia. Las reglas del Derecho Penal no cambian. Todo hombre denunciado es inocente hasta que no sea condenado por una sentencia definitiva.

Otra falsedad es la supuesta asimetría penitenciaria, esto es, que los hechos cometidos por un hombre son castigados de modo más duro. Es incierto, todas las conductas  son castigadas de manera semejante, sea cual fuese el sexo de su autor. La mujer denunciante no consigue beneficio alguno en un procedimiento judicial de divorcio o semejante por el mero hecho de haber denunciado. Por el contrario, la denuncia penal suele abrir procedimientos complejos en los que muchas veces los distintos funcionarios y profesionales intervinientes no comprenden bien la realidad de las maltratadas. De la desconfianza respecto a algunas mujeres que no denuncian los abusos, cuando precisamente un elemento típico del maltrato es el de no denunciar los abusos por la situación de autonegación personal que vive la maltratada.

En lo referente a los beneficios económicos, éstos se reducen a una paga de 420 €/mes para las mujeres que carecen de otros ingresos, que sólo dura 11 meses (ampliables a 36). También, para las empleadas,  la posibilidad de suspensión del empleo en el caso de conseguir una orden de protección y acceder a la prestación por desempleo de tener  cotizaciones bastante.

La ley de prevención de violencia de género no es discriminatoria y fue declarada expresamente constitucional por la Sentencia 39/2008 del Tribunal Constitucional. Porque la igualdad de hombres y mujeres exige tratar de manera desigual las situaciones desiguales. Y la violencia machista es hoy día una plaga social, nada comparable en términos cuantitativos con otras violencias intrafamiliares. La violencia machista constituye el problema más grave de nuestra sociedad en el que se refiere a los derechos humanos.

Los hombres no estamos, ni hemos estado estos últimos tiempos  a la altura del reto de nuestra sociedad  en cuanto a  la prevención de la violencia machista. Por tanto, lo mínimo que podemos hacer es combatir en los ámbitos de la política y de la comunicación social las fake news y falsedades de los negacionistas. @mundiario

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