Cien catedráticos de Derecho Penal están contra la prisión permanente revisable

Ejemplares de la Constitución española. / RR SS
Ejemplares de la Constitución española. / RR SS

Más allá de su disconformidad con la Constitución, “la prisión permanente no es una buena ley. No hace de la nuestra una sociedad mejor, no añade eficacia en la evitación de delitos más graves y sí comporta un significativo deterioro de nuestros valores básicos”, concluyen los penalistas.

Cien catedráticos de Derecho Penal están contra la prisión permanente revisable

Unos cien catedráticos de Derecho Penal de universidades españolas han suscrito un manifiesto en el que defienden que la prisión permanente revisable sea derogada porque, además de no disuadir de la comisión de los delitos más graves, pone en peligro valores democráticos y compromete seriamente el mandato de reinserción social del artículo 25.2 de la Constitución.

El texto, anunciado en vísperas del debate político que tendrá lugar el jueves en el Congreso sobre la eliminación de esta medida,  sostiene que no está constatada la necesidad de esta pena para evitar la reiteración delictiva del condenado y, sobre todo, que la medida suscita “poderos reparos” a los valores de justicia.

El manifiesto de los catedráticos asegura que la prisión permanente compromete “seriamente” los principios de la Constitución, ya que se imponen “penas inhumanas”, posibilita “un encierro de por vida” y sitúa en todo caso el horizonte de libertad en un momento “lejano, incierto y que no depende del comportamiento del reo”.

Los catedráticos indican además que la medida no disuade de la comisión de los delitos más graves en mayor medida que las ya severas penas preexistentes

Los catedráticos indican además que la medida no disuade de la comisión de los delitos más graves en mayor medida que las ya severas penas preexistentes (hasta treinta años de prisión por un delito; hasta cuarenta años por la comisión de varios delitos). Tampoco se ha constatado la necesidad de esta pena para evitar la reiteración delictiva del condenado.

Pero además, todos estos catedrático consideran que retrasar hasta los 25 años como mínimo la primera revisión, compromete seriamente el mandato de reinserción social del artículo 25.2 de la Constitución, también pone en peligro la reinserción social, la legalidad y la seguridad jurídica, valores reconocido en la Carta Magna.

“Se trata de una pena doblemente indeterminada que hace que el penado no sepa en qué momento recobrará su libertad: su encarcelamiento no tiene límite fijo”, expone el documento que discute que la hipotética conformidad de esta figura al Convenio Europeo de Derechos Humanos no impediría su inconstitucionalidad.

En cualquier caso, concluyen los penalistas, más allá de su disconformidad con la Constitución, “la prisión permanente no es una buena ley. No hace de la nuestra una sociedad mejor, no añade eficacia en la evitación de delitos más graves y sí comporta un significativo deterioro de nuestros valores básicos”.

Los lectores de MUNDIARIO conocen mi opinión sobre el tema, que ya he  expresado aquí. @mundiario

Comentarios