La Agencia Tributaria vuelve a torpedear al juez Castro por el caso de la infanta

Cristina, hermana del rey Felipe VI.
La infanta Cristina.
Hacienda se empecina en no colaborar con el poder judicial y se niega a asignar al juez instructor del caso Nóos, el juez Castro, un perito que le ayude a clarificar si la hija menor del rey, presuntamente, cometió fraude fiscal y blanqueo de c
La Agencia Tributaria vuelve a torpedear al juez Castro por el caso de la infanta

Hacienda se empecina en no colaborar con el poder judicial y se niega a asignar al juez instructor del caso Nóos, el juez Castro, un perito que le ayude a clarificar si la hija menor del rey, presuntamente, cometió fraude fiscal y blanqueo de capitales a través de la sociedad mercantil Aizoon, S.L.; de la cual era copropietaria al 50 % con su marido y que utilizaban como sociedad pantalla para la emisión de facturas falsas.

Hemos de formular hasta cuándo la sociedad española tiene que seguir tragando incongruencias de tal calado por parte de las entidades públicas que se encuentran apoderadas por el tejido operativo de la partitocracia. A pesar de los continuos intentos de manipular la información, los españoles y españolas no son idiotas, en contra de lo que se piensan algunos, porque éste es un claro ejemplo de pedagogía tributaria politizada hasta el surrealismo de la torpeza de lo absurdo. Las mujeres siempre nos enteramos de todo, hasta Corina se entera de todo. Y la infanta Cristina no va a ser menos, con el agravante de que precisamente utilizaban, ella y su marido, su condición monárquica para conseguir contratos suculentos por no hacer nada, es decir, por la “face”.

Los hechos son los hechos y, lo que no puede alegar la Agencia tributaria, para bloquear el auto de la Audiencia, es ausencia de datos fiscales que demuestren que la infanta Cristina fue copartícipe con Iñaqui Urdangarín en llevar a cabo "fraude al fisco y blanqueo de capitales", porque en este caso el sujeto generador, de cantidades obscenas de rentas, es la persona física y no jurídica. Es por todos bien sabido, salvo para aquéllos que han participado en la conjura de los necios, que tales rendimientos fueron generados, no por los supuestos servicios de asesoramiento a título personal sino, por el contrario, fueron librados por la persona jurídica Aizoon, S.L.

Por tanto, entre que se pasan por el forro de la entrepierna el art. 14 de la constitución española y la división de poderes públicos; así determinado en cualquier Estado de Derecho con cobertura de democracia real, ¿cuál será la siguiente memez, que se cocinará desde el fogón de las vanidades, para poner en tela de juicio la inteligencia de la sociedad civil española; cuando los hechos constatan que aquí la única cretina es la pestilente partitocracia?

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