La inhabilitación de Torra, un debate que sigue abierto

Quim Torra interviniendo en el Parlamento catalán. / Twitter
Quim Torra interviniendo en el Parlamento catalán. / Twitter
El debate jurídico sobre la inhabilitación de Torra sigue abierto no sólo a la espera de las sentencias del Supremo, sino también de lo que pudiera resolver sobre el asunto el Tribunal Constitucional.
La inhabilitación de Torra, un debate que sigue abierto

La Sala de lo contencioso-administrativo del Tribunal Supremo ha decidido  privar de la condición  de diputado  a Torra hasta que el mismo tribunal dicte  sentencia sobre su inhabilitación. No aceotando el criterio sostenido por el Fiscal  la Sala  Tercera ha desestimado  la petición  del presidente de la Generalitat  de que  se le permitiera continuar con el acta mientras  se resuelve el recurso jurisdiccional  contra la resolución de la Junta Electoral Central.

El auto  de la Sala de lo Contencioso del Supremo  se decanta  así  por retirar el escaño de Torra mientras se tramita y decide el recurso  que, por tramitarse como impugnación fundada en vulneración  de  derechos fundamentales,  tiene un cauce preferente y sumario, es decir, que la sentencia definitiva, a mi juicio, no puede demorarsse más de un mes.

La decisión del más alto tribunal administrativo está argumentada sobre los criterios de no atender los motivos esgrimidos por la defensa de  Torra, ya que los mismos se referían a la cuestión "de fondo" del recurso,  y se ha articulado con  relación con la causa penal por la que el presidente catalán ha sido condenado por el Tribunal Superior de Cataluña  por desobediencia a un año y medio de inhabilitación, por negarse a  retirar, en plena campaña electoral, pancartas a favor de los políticos presos del balcón del Palau de la Generalitat. Una  sentencia que no es firme ya que pende el recurso de casación interpuesto por el propio Torra ante la Sala Segunda del mismo Tribunal Supremo. Además los magistrados no aprecian que exista  la  inconstitucionalidad alegada sobre   algunos artículos de la Ley Electoral General.

De esta manera, la Sala se desvía del informe de la Fiscalía que, acertadamente, a mi juicio,  se había mostrado partidaria de mantener a Torrra en el escaño. En su escrito, el fiscal Pedro Crespo advertía de  que existe un “debate jurídico” con respecto a si  una sentencia penal  que no es firme, puede conducir a la inhabilitación del condenado. El fiscal señalaba también  que ejecutar ya la inhabilitación infringía el derecho  a la presunción de inocencia del presidente catalán. Un debate, que, coincidiendo con el Fiscal, considero que está  aún abierto y que presenta la suficiente  complejidad como para impedir que cautelarmente se permitiera a Torra seguir como diputado del Parlament. Y es que en la ley de régimen electoral no existe ningún precepto que expresamente faculte a la Junta Electoral Central  para dejar sin escaño a un diputado autonómico  y proceder, por su propia autoridad, a la sustitución de dicho diputado.

El debate jurídico sobre la inhabilitación de Torra sigue, no obstante, abierto, no sólo a la espera de las sentencias del Supremo, sino también de lo que pudiera resolver sobre el asunto el Tribunal Constitucional: jurisdicción que tiene la ultima palabra en todo lo relativo a las garantías constitucionales. @mundiario

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