La inhabilitación de Torra, una sentencia que confirma un error

Quim Torra. / RR SS
Quim Torra. / RR SS

El Tribunal Supremo confirma la inhabilitación de Quim Torra, de modo que el presidente de la Generalitat deberá abandonar el cargo cuando se ejecute la sentencia que le aparta de las funciones públicas un año y medio.

La inhabilitación de Torra, una sentencia que confirma un error

La Sala de lo Penal del Tribunal Supremo ha confirmado la condena de inhabilitación  al  presidente de la Generalitat de Cataluña. Se trata de una sentencia que persiste  en el mismo error en el que había  incurrido  la del Tribunal Superior de Justicia de Cataluña, que condenó a Torra en primera instancia.

La Sala de lo Penal no está  integrada por magistrados especializados en derecho administrativo,  como lo está, en cambio,  la Sala Tercera. Pues bien, esta sala de lo contencioso administrativo del mismo Tribunal Supremo  dejó claro en 2013,  a propósito de un asunto sobre el presidente de  Baleares , que la Junta Electoral Central no dispone de facultades para dar ordenes  a quienes no participan en el proceso electoral en cuestión. Y las elecciones a que se refiere la conducta "desobediente"  de Torra eran unas elecciones generales en las que éste  no tomaba parte.  

Por consiguiente no puede existir el delito de desobediencia por el que ha sido inhabilitado el presidente de la Generalitat. El presupuesto del que  parten  el Tribunal Superior de Justicia de Cataluña y ahora la Sala Segunda del Tribunal Supremo  para realizar  el reproche penal a Torra,  no es un presupuesto jurídicamente válido,  puesto que, sencillamente,   la Junta Electoral Central nada podía ordenar o dejar de ordenar  al Presidente de la Generalitat. @mundiario

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